El Modelo
Sindical Argentino.
Un aporte
a la democracia
Es indudable que nuestro llamado
“modelo sindical argentino”, a partir
de las sucesivas reglamentaciones
legislativas, desde 1945, se ha ido
consolidando e institucionalizando, en lo
particular, a través de la propia aceptación
del movimiento obrero, y de la sociedad en
general. Es más, podríamos arriesgarnos a
sostener que una de las pocas políticas de
estado, que muchas veces requerimos de
los actores políticos, que se fue afianzando
en la Argentina moderna, especialmente a
partir de la sanción de la norma vigente en
la actualidad, la Ley 23.551, la que fuera
sancionada en forma unánime por nuestro
Congreso Nacional.
Más allá de lo expuesto, y si bien el camino
transcurrido ha sido duro y sinuoso, aún
se requiere una ardua tarea para lograr la
profundización del modelo, necesaria para
el bienestar de la clase trabajadora y a los
fines de consolidar una sociedad más justa,
democrática e igualitaria.
Un poco de historia
No cabe duda de que los trabajadores,
desde mediados del siglo XIX, a partir de las
extremas necesidades emergentes del sistema, abrazaron la construcción, de lo que se
dio en llamar la “utopía revolucionaria” con
la finalidad de cambiar un mundo injusto.
Nunca imaginaron el rol protagónico que la
historia les asignaría en la construcción de
las sociedades modernas.
Es así que, a partir de los cambios sustantivos producidos en aquellos tiempos, con la
incipiente industrialización e incorporación
de las primeras maquinarias comienza a forjarse un país que requiere de mano de obra
masiva. Es así como grandes masas de inmigrantes se instalan en la Ciudad de Buenos
Aires y en las principales ciudades del país.
Se configuran las primeras formaciones periféricas, las que luego se las llamarían “los
suburbios”. Muchos de esos inmigrantes,
que provenían de Europa, fueron participes
de los acontecimientos sociales y políticos
del viejo mundo. Entre otros los vinculados a
la Asociación Internacional de Trabajadores
(AIT), la Segunda Internacional y los acontecimientos acaecidos en Francia, Inglaterra,
Alemania y Bélgica (por citar algunos).
Tal como lo referencian la mayoría de los
autores, a fines del siglo XIX la Argentina
consolida su economía sustentada en la
exportación de productos agropecuarios,
es un periodo de prosperidad relativa que
se extendió hasta 1930. En forma simultánea a ese crecimiento económico, también
aumenta su población, especialmente por el
aumento de la inmigración
europea. Así surgen las
primeras organizaciones
gremiales. Todos ellos
eran sindicatos muy combativos y exigían sus reivindicaciones a
pesar que las huelgas eran reprimidas sin
piedad. Algunos, ubicados en el extremo
del arco político-ideológico, militaban bajo
el slogan “hasta la derrota del capitalismo”.
Desde entonces emerge, en paralelo con los
cambios que acaecen en la matriz productiva nacional (industrialización incipiente),
una intensa y activa participación gremial
con la creación de lo que posteriormente
serían los principales sindicatos nacionales
y Federaciones1
.
También es justo señalar que de las causas
nobles y justas que se enarbolaron, siempre
estuvo munida de un compromiso o pertenencia política, lo que es lógico. Ni aquí ni en
ninguna parte existieron ni existen sindicatos
sin ideología.
El sindicato debe, inexorablemente, tener
una base, un fundamento, nutrirse de un
proyecto ideológico. También debe indicarse
que en sus inicios este movimiento tuvo, su
correlato en la preponderancia de los movimientos socialistas2
y anarquistas, hasta
que a mediados de la década del cuarenta
(siglo XX) apareciera un actor impensado y
que tendría la hegemonía gremial por más
de setenta años: el peronismo.
También no es menos cierto que no podemos ignorar las contradicciones, por sus
apegos ideológicos o por sus estrategias
de poder, lo que les impidió mantener una
fortaleza a partir de la unidad y que alcanzó
su incipiente consolidación recién con la
creación de la hoy, todavía actual, Confederación General del Trabajo (CGT) en el
año 1930.
Fuera de ello, tuvieron el gran mérito de ser
artífices en la construcción de nuestro país y
en especial de garantizar el afianzamiento de
un proceso de justicia social y construcción
de una sociedad un poco más justa. Ese
floreciente proceso durante el siglo XX posibilitó a los trabajadores del mundo acceder a
sus mejores condiciones de vida. Hace unos
años, al comentar este proceso, el profesor
francés Antoine Jeaneaud señalaba que con
el “estado de bienestar” si bien el mundo
seguía siendo desigual, al menos lo estaba
enmendado.
Este sindicalismo, con todas sus contradicciones, fue importante articulador de los
procesos de resistencia a las dictaduras
de las décadas del 60 y de la que se inicia
en 1976, por lo que sufrieron la represión,
soportaron la cárcel y muchos pagaron con
su vida la defensa de sus ideas.
De igual forma hay que decir que en estos
convulsionados y dinámicos tiempos, el
sindicalismo argentino enfrenta situaciones
de gran complejidad. O más bien, y para
ser aún más ilustrativo, está enfrentando dificultades que surgen de la crisis del sistema
capitalista, el que repercute sobre la clase
trabajadora. Las recesiones económicas,
las transformaciones económicas y las
crisis globales, lo llevan a una desafiante
encrucijada.
Hace años, grandes teóricos como Robert
Castel y Jean Paul Sartre alertaban que
ante la falta de preocupación de la “elite
política”, la clase obrera perdió la partida
en comparación entre lo que era y lo que
representaba en el corazón de la sociedad
industrial, cuando dentro y fuera de ella
llevaba para sus compañeros de ruta la
esperanza de una organización alternativa
de la sociedad. Es decir, una sociedad más
justa y sin excluidos. Tal vez sin ser tan extremos y contundentes, es justo reconocer
los problemas actuales y del futuro.
El modelo sindical argentino
Falencias y virtudes.
El dictado del Decreto 23852 (1945), no
solo constituye la primera reglamentación
legal de la actividad sindical3, sino que
además establece las bases de lo que,
hasta nuestros días, será el llamado “modelo
sindical argentino”. Más allá de las criticas
que se le formularán en su largo derrotero
por lo sectores mas retrógrados del poder,
y también sus diferentes modificaciones4
,
(muchas de ellas con la única finalidad de
limitar, obstaculizar o cercenar el ejercicio
de la libertad sindical) demostró un horizonte
de esperanza para la clase trabajadora de
nuestro país.
Tampoco puede ignorarse, en sentido altamente
positivo, la transcendencia
que tuvieron las reformas
constitucionales que incorporaron, en nuestra
carta magna, los llamados
derechos humanos de segunda y tercera generación, a través de las
reformas, de los años 1949 (derogada en
1955) y las vigentes del año 1957 (incorpora
el actual artículo 14 bis) y la de 1994 (incorpora, entre otros, el artículo 75 inciso 22).
Estas modificaciones consolidaron derechos
humanos fundamentales que garantizan la
plena vigencia de los principios básicos que
garantizan el ejercicio de la libertad sindical.
Pero amén de tan importantes cambios, me
interesa resaltar la trascendencia que significó al modelo la sanción, en el año 1987,
de la Ley 23.551 (vigente en la actualidad).
Esto significó el inicio de un camino hacía
la superación de viejas antinomias en el
plano sindical y político. Lo cierto es que,
más allá de divergencias (algunas que aún
subsisten con menor intensidad), propias
de un accionar democrático, lo que importa
resaltar es a partir de la aprobación unánime del Congreso de aquellos tiempos (de
naciente democracia) el “modelo sindical argentino” y su reconocimiento por la sociedad
argentina, el mismo paso a constituir, una
de las escasas políticas de estado que tanto
reclamamos y necesitamos los argentinos.

Ese modelo que vino a consolidar la Ley
23.551 aún sigue representado una guía
reglamentaria para el movimiento obrero
argentino, y que sin duda, por el paso del
tiempo y de las nuevas realidades sociales,
políticas, económicas y tecnológicas del
mundo, y en particular de nuestro país, no
puede ignorarse que requiere de nuevos
consensos que subsanen y adapten ese modelo a esas realidades y también en función
de las observaciones (e inconstitucionales)
que determinarán los pronunciamientos de
los últimos años de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación (CSJN)5. Enfrentar
los nuevos procesos de concentración necesita de la fortaleza y unidad de la clase
trabajadora.
A decir verdad
Independientemente de lo expuesto, el sindicalismo argentino, no deja de ser un factor
de alta representación de los intereses de
los trabajadores y de una fuerza que garantiza la movilidad social.
No está de más señalar que hoy, como a
lo largo de nuestra historia, el stablishment
económico y patronal ha tratado de destruir la unidad del movimiento obrero
solapado en falsos argumentos
de participación
y democracia. Lo
que les molesta
justamente no es
eso, sino se trata
de romper el muro
de contención de
lo que algunos llaman “la ciudadela
de los derechos
protectorios”, verdadero blindaje
de los derechos
sociales y la autonomía sindical.
Más allá de lo expuesto, lo que nadie puede negar (aun los
que no comparten el modelo sindical argentino) es la importante función que esos
sindicatos han tenido a la hora de defender
los derechos laborales. Desde la salud,
recreación, formación profesional, vivienda,
turismo y, por supuesto, las condiciones
de trabajo y de salario, emergentes de los
convenios colectivos de trabajo. En todo, con
aciertos y defectos, estuvo el movimiento
obrero argentino.
El sindicalismo argentino, como todas las
organizaciones obreras, tiene aciertos,
defectos, fracasos y virtudes. Pero es indudable que, entre sus aciertos, nadie puede
negar su gran aporte a la construcción social
y democrática de nuestro país. Ha sido, el
sindicalismo, una valla de contención contra la precariedad y desocupación. Como
alguna vez dijera Robert Castel6
, “se trata
de garantizar que un trabajador tenga un
lugar en la sociedad y pueda ser reconocido
como un individuo con todas sus ventajas y
derechos”. Y ese ha sido una de los grandes
méritos del modelo
1
Entre otras Federación de Trabajadores de la Región Argentina (1891), en 1901 la Federación Obrera Argentina (FOA), la
Federación Obrera Regional Argentina (FORA), hasta llegar, en 1930, a la actual Confederación General del Trabajo (CGT)
2
Son los grupos sindicales existentes para entonces, las sociedades mutuales y grupos políticos, los que en el año 1896 fundan
el Partido Socialista.
3
En el año 1943 se sancionó un Decreto con el número 2969 que más allá de su exigua duración sentó las bases del sistema.
4 Entre sus más importantes podemos citar decreto 9270/56 y la Leyes 14455, 20615, 22105.
5
Entre otros en los casos de “Rossi c/ Estado Nacional”, “APSAI c/ Autopistas del Sol”, “Varela c/ Disco”
6 Castel, Robert, “El ascenso de las incertidumbres”, Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, 2012, pág. 41
Abel N. De Manuele*
*
Profesor de grado y postgrado de Derecho laboral. Autor de libros y artículos varios. Asesor gremial. Ex funcionario de los
Ministerios de Trabajo y Transporte