Políticas Públicas y
Derechos Indígenas;
El desguace del Estado
y la amenaza de la injusticia
social perpetua
En los últimos 40 años se vienen dando de manera pendular discusiones
en la Argentina sobre un Estado
"fuerte" versus un Estado "mínimo",
que se centra principalmente en la intervención o no del gobierno en la economía
y en la provisión de servicios públicos. Un
Estado "fuerte" se caracteriza por una mayor
intervención en la economía, con regulación,
subsidios y programas sociales, mientras
que un Estado "mínimo" busca reducir la
intervención gubernamental, priorizando la
iniciativa privada y la libre competencia, sujeta a los intereses del poder financiero. En
la Argentina, la idea de "Estado fuerte"
ha sido tradicionalmente más asociada a
sectores políticos que se identifican con el
peronismo y, en menor medida, a algunos
sectores de la derecha nacionalista. El peronismo, con su énfasis en la intervención
estatal en la economía y la política social,
ha defendido históricamente un Estado
con mayor poder para llevar adelante sus
políticas de corte nacionalista. La idea de un
"Estado mínimo" es típicamente asociada
con partidos y movimientos políticos de la
derecha liberal o neoliberales, como los es
hoy en su máxima expresión el Partido Libertario, que defiende una fuerte reducción
de la intervención estatal en la economía
y la vida social, pero incluso va más allá
cuando plantea la destrucción y desguace
del Estado. La corriente del liberalismo clásico, que enfatiza la libertad individual y la
mínima regulación, también se alínea con
esa postura.
Entre estas discusiones o fuertes diferencias en cuanto a proyectos de país que la
Argentina sobrelleva, se encuentran los
pueblos indígenas de la Argentina, organizados con sus comunidades en el territorio
donde siempre vivieron o pudieron sobrevivir
y en agrupaciones políticas propias que los
representan con el objetivo de lograr avances en lucha por sus derechos. Fue sólo con
la reforma constitucional de 1994 que el país
reconoce la preexistencia étnica y cultural
de los pueblos indígenas, garantizando su
identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Se reconoce también
la posesión y propiedad comunitaria de las
tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, así como la entrega
de tierras aptas y suficientes para su desarrollo humano. Busca también asegurar la
participación de los pueblos originarios en
la gestión de los recursos naturales en sus
territorios, así como en la toma de decisiones
que los afectan.
Esos derechos consagrados se van a nraducir en políticas públicas concretas en pos
de su cumplimiento por parte del Estado
Nacional, especialmente a partir del gobierno
del Néstor Kirchner mediante definiciones
políticas claras y con financiamiento propio,
algo inédito en nuestra historia. Hasta esa
instancia política del país, los pueblos indígenas eran concebidos como una cuestión
folklórica, del pasado, hasta incluso extintos.
No existía realmente una política integral
para esas poblaciones, el Estado no reconocía oficialmente muchísimas identidades de
pueblos indígenas presentes en el territorio
nacional, tampoco existían estadísticas
oficiales ni estaban incluidos en el Censo
nacional.
El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas
(INAI), creado por la Ley Nacional 23302
sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes, en 1985 como
entidad descentralizada con participación
indígena, que hasta el año 2006 pertenecía al Ministerio de Salud y Acción Social y
luego pasó a la órbita del entonces Ministerio de Desarrollo Social, contaba con un
presupuesto mínimo y un personal acotado
que sólo permitía la ejecución de políticas
focalizadas muy puntuales para un número
mínimo de casos enmarcados y ante una
inmensidad de necesidades y reclamos que
las comunidades ndígenas, en su mayoría
reclamaban, al Estado Nacional. Es a partir
del año 2003 que se avanza lentamente,
pero de manera progresiva desde el Estado
a través del INAI en políticas públicas para
los pueblos originarios, que tienen como
objetivo garantizar sus derechos, promover
su desarrollo y asegurar su participación en
la sociedad. Eso incluye el reconocimiento
de su preexistencia étnica y cultural, respeto
a su identidad y el acceso a una educación
bilingüe e intercultural y avanzar en la garantía de la posesión y propiedad de sus
territorios tradicionales.

En esa etapa existieron avances en los
derechos indígenas a través de políticas
públicas que se llevaron adelante, no sin
impedimentos, pese a la decisión política
gubernamental y/o la sanción de leyes nacionales que tuvieron su objetivo centrado
en el cumplimiento de los derechos otorgados constitucionalmente en el año 1994.
En cuanto a esos impedimentos, podemos
mencionar, de manera muy general, que son
cuestiones de una importante densidad y de
carácter históricocultural, con origen estructural que arrastra el propio Estado nacional
desde su creación relacionados con su
andamiaje conceptual, el cual contiene un
sinfín de elementos de herencia coloniales
y racistas acordes con su época. Si bien
no es una temática para abordar en este
escrito, cabe recordar que el surgimiento del Estado argentino fue un proceso complejo y prolongado que va desde inicios del
siglo XIX casi hasta su final, con hitos clave
como la Revolución de Mayo, la lucha por la
Independencia, la sanción de la Constitución
Nacional en 1853, la unificación de Buenos
Aires con la Confederación y su consolidación a partir de la década de 1880.
Pueblos indígenas en la Argentina
del siglo XXI
Desde comienzos del nuevo siglo, el Instituto
Nacional de Asuntos Indígenas llevó adelante distintas políticas destinadas a concretar
los derechos indígenas a nivel nacional que
el Estado no contemplaba. A partir de aquí
vamos a exponer a modo informativo cuál
es el estado de la cuestión a la fecha, para
poder tener un pantallazo general de cuáles
fueron los lineamientos vectores de la política pública indígena de los últimos 20 años,
tanto en sus aciertos como en sus desaciertos refiriéndonos a que hay cuestiones en las
que se pudo avanzar, pero no de la manera
esperada o que se necesitaba cumplimentar
ante las grandes y graves necesidades de
la población en cuestión.
En relación a la población indígena de la
Argentina, el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI) del INAI cuenta, hasta agosto de 2023, con un total
de 1637 comunidades indígenas inscriptas
con personería jurídica en todo el país, tanto
aquellas comunidades registradas a nivel
nacional como en organismos provinciales.
Sin embargo, el universo total de las comunidades identificadas por la Dirección de
Tierras y ReNaCI del Instituto es de 1889 en
donde están incluidas aquellas que aún no
poseen personería jurídica, pero sí han sido
identificadas. Ese universo de comunidades
que habitan el territorio nacional pertenecen
a distintas identidades originarias preexistentes a la constitución del Estado argentino
y están organizados en 39 pueblos indígenas
actualmente reconocidos: Atacama, Chané,
Charrúa, Chicha, Chorote, Chulupí (Nivaclé),
Comechingón, Corundí, Diaguita, Fiscara,
Guaraní, Guaycurú, Huarpe, Iogys, Kolla,
Kolla Atacameño, Lule, Lule Vilela, Mapuche, Mapuche Tehuelche, Mbya Guaraní,
Moqoit (Mocoví), Ocloya, Omaguaca, Pilagá,
Qom (Toba), Quechua, Ranquel, Sanavirón,
Selk´Nam (Ona), Tapiete, Tastil, Tehuelche,
Tilián, Toara, Tonokoté, Vilela, Wichi, Yagán.
Cabe aclarar que el número de comunidades
indígenas puede variar debido a que los
procesos identitarios
de organización comunitaria son dinámicos. Cada pueblo
indígena tiene su propia identidad cultural,
su pasado histórico y
presente, su propia
cosmovisión.
Los pueblos indígenas tienen
su propio proceso de
autorreconocimiento,
sus propias formas de
organización comunitaria y estrategias
de lucha por sus derechos. Se encuentran
distribuidos por todo el territorio argentino
y es el noroeste la región más numerosa,
alcanzando más del 40% de la población
indígena total del país en las provincias de
Salta y Jujuy.
Los pueblos indígenas, en la mayoría de
los casos, tienen sus derechos reconocidos
en las constituciones provinciales, aparte
de sus derechos específicos reconocidos
en la Constitución Nacional en el art. 75.
Inc. 17. También, a nivel internacional, en
el Convenio 169 de la OIT firmado por el
Estado nacional, ratificado por la Ley 24071
de 1992 y oficialmente en el año 2000 ante
la misma OIT, y que es compartido con otros
21 países, la mayoría de América Latina.
Dicho Convenio constituye una herramienta
jurídica fundamental en la promoción de los
derechos de los pueblos indígenas, ya que
procura generar las garantías necesarias
para el ejercicio pleno de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. O la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas, de septiembre de 2007, que tiene como predecesor el Conveniio 169 de la OIT y fue antecedente de la
Declaración Americana de los Derechos de
los Pueblos Indígenas de la Organización de
Estados Americanos en 2016. En las últimas
décadas hemos sido testigos de un proceso
de revitalización de la identidad/conciencia
indígena, que ha sido acompañado por un
reconocimiento jurídico en distintos textos
constitucionales y legislativos.
“Los Pueblos Indígenas tienen su propio proceso de autorreconocimiento, sus propias formas de organización comunitaria y estrategias de lucha por sus derechos. Los mismos se encuentran distribuidos por todo el territorio argentino, siendo el noroeste la región más numerosa, alcanzando más del 40% de la población indígena total del país en las provincias de Salta y Jujuy.”
Respecto a este punto, vale aclarar que
hasta el año 2005 el Estado nacional tenía
un registro de 891 comunidades inscriptas
y que entre los años 2006 y 2023 se inscribieron y reconocieron 746 comunidades
más de manera oficial, acrecentando así el
universo total a las 1637 antes mencionadas, significando un incremento del 45,6%,
quizás debido al cambio rotundo que sufrió
el INAI y a sus políticas territoriales y de
participación indígena que vamos a mencionar más adelante, es decir, un Estado que
intenta resolver las necesidades y demandas
históricas de los pueblos, pone el pie en el
territorio e incluye la participación indígena
en sus políticas públicas.
Si hablamos de incrementos, podemos decir
que hasta comienzos de siglo jamás se supo
de forma certera por parte del Estado nacional cuánta era y cómo estaba conformada la
población indígena del país. ¿Nunca, jamás?
Al menos no de manera oficial, a pesar
de la exigencia de
los pueblos indígenas
de muchos años de
que se los agregara
en los censos oficiales consultando a la
población sobre su
autorreconocimiento o pertenencia a algún
pueblo indígena. A saber y de conformidad
con los resultados del Censo Nacional de
Población y Vivienda (CNPyV) del año 2001,
la Encuesta Complementaria de Pueblos
Originarios 2004-2005 arrojó la cantidad de
600.329 habitantes que se adscriben como
descendientes de pueblos originarios, mientras que, en el censo de 2010, las personas
que se autorreconocen indígenas asciende
a 955.032, registrando una tasa de crecimiento del 37,14%. El Censo 2022 contabilizó 1.306.730 personas que se reconocieron
indígenas o descendientes de pueblos indígenas, de las cuales 674.455 fueron mujeres
y 632.275 varones, representando un 26,9%
de crecimiento con los resultados del censo
anterior. Todo eso refleja el aumento también
de la visibilización de los pueblos indígenas
como parte de la sociedad conjunta y del
ueblo argentino, que durante muchísimos
años fue tan denostada, estigmatizada y
negada. Este último punto y el crecimiento
ascendente de autorreconocimiento y el
actor indígena necesitaría de un análisis
más profundo que en esta ocasión no podremos, pero puede deberse a la disminución
de la persecución o estigmatización de los
pueblos indígenas a través de los años y
el aumento de las políticas desarrolladas
en torno a la lucha contra la discriminación
y el racismo, como lo fue la creación del
“Si hablamos de incrementos, podemos decir que
hasta comienzos de siglo jamás se supo de forma
certera por parte del Estado Nacional cuánta era y
cómo estaba conformada la población indígena del
país.” Instituto Nacional contra la Discriminación,
la Xenofobia y el Racismo (INADI), organismo gubernamental argentino creado en
1995 para combatir la discriminación en
articulación interinstitucional con el INAI y
otros organismos relacionados. Su objetivo
fue elaborar y promover políticas públicas
contra la discriminación, la xenofobia y el
racismo. El INADI fue, lamentablemente y
como todos sabemos, disuelto por Decreto
en agosto de 2024.
Cuadro: Autorreconocimiento
o descendiente de pueblos indígenas en la
Argentina
Fuente: Indec.
Derechos territoriales indígenas
Las comunidades indígenas históricamente
se encontraron frente a situaciones de persecución y estigmatización racial, desprotección legal y exclusión social, económica y territorial. En consecuencia, sufrían desalojos
forzados, robo de sus territorios y recursos
debido a la falta del reconocimiento de sus
derechos. A partir del año 2006, mediante
la sanción de la Ley 26160 (Decreto Reglamentario 1122/07) se declaró la emergencia
territorial indígena, se ordenó la suspensión
de desalojos a las comunidades para permitir la realización de un relevamiento de
los territorios de cada una en todo el país,
tendiente al reconocimiento de los derechos
territoriales que los pueblos indígenas poseían desde la reforma constitucional. El
INAI mediante Resolución 587/07, que en
su artículo 1 establece la creación del Programa Nacional Relevamiento Territorial de
Comunidades Indígenas (ReTeCI), quedó
encomendado como autoridad de aplicación
del relevamiento técnico, jurídico y catastral
de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas de todo
el país.
La Ley 26160
pretende instrumentar lo establecido en el Artículo 75, Inciso
17 de la Constitución Nacional,
dando asimismo
cumplimiento
parcial al Artículo 14 Inciso 2 del
Convenio169 de la OIT, que establece que
“Los gobiernos deberán tomar las medidas
que sean necesarias para determinar las
tierras que los pueblos interesados ocupan
tradicionalmente y garantizar la protección
efectiva de sus derechos de propiedad y
posesión”.
Dicha Ley fue prorrogada en tres
oportunidades: en el año 2009 mediante
la Ley 26554, en 2013 a través de la Ley
26894 y en 2017 mediante la Ley 27.400 y
nuevamente prorrogada en el año 2021 por
el Decreto 805/2021, por la cual se extendió
su vigencia hasta noviembre de 2025.
El
proceso de relevamiento territorial se llevó
adelante mediante dos tipos de ejecución: a) Ejecución Centralizada, donde la tarea
se realizó desde el Equipo Central del INAI
y, b) Ejecución Descentralizada o Coejecución, donde fue designando un Equipo
Técnico Operativo (ETO) en cada provincia,
con acuerdo del Consejo de Participación
Indígena (CPI)1, con participación de un
representante del Poder Ejecutivo de la
provincia en cuestión y un representante del
INAI, conformándose entonces, con estos 4
actores (ETO, CPI, representante provincial
e INAI) la Unidad Provincial Ejecutora (UP).
En toda su ejecución el Programa ReTeCI
respeta la cosmovisión y pautas culturales
de cada pueblo, mediante la intervención
del CPI en la elaboración y ejecución. Se
garantiza de esa manera el derecho constitucional de participar en la gestión de los
intereses que los afecten. A la fecha el INAI,
mediante el Programa ReTeCI, ha finalizado
el proceso de relevamiento de 1000 comunidades indígenas, sobre un universo de
1889 identificadas entre inscriptas y no inscriptas. Asimismo, se ha iniciado el proceso
de relevamiento en otras 288, las cuales se
encuentran en distintos grados de avance de
ejecución y deben ser terminadas. En ese
sentido, en la actualidad restan relevar 601
para dar garantía a lo dictado jurídicamente
en las leyes anteriormente mencionadas. El
Relevamiento Territorial de Comunidades
Indígenas ordenado por la Ley 26160 cristalizó durante todo este tiempo un innegable
acto de justicia y reparación histórica para
los pueblos originarios de nuestro país. La
identificación y demarcación de los territorios de las comunidades representa un
primer paso en el cual el Estado nacional
y los Provinciales reconocen la ocupación
territorial comunitaria indígena, por primera
vez en nuestra historia, generando las condiciones tendientes a concebir una segunda
instancia realmente definitoria e indiscutible
que trata sobre la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena, que es y será
siempre una de las demandas más sentidas
de los pueblos indígenas de la Argentina.
Mediante ese trabajo de relevamiento territorial el Estado argentino ha identificado un
gran número de comunidades, pero aún no
ha relevado el territorio de todas ellas. El
proceso de reconocimiento y protección
de los territorios indígenas es complejo e
intervienen múltiples actores con intereses
contrapuestos y aún no ha culminado, así
como aún está pendiente una Ley de Propiedad Comunitaria que efectivice lo que ya
se ha relevado.
La identificación y demarcación de los territorios de las comunidades representa un
primer paso en el cual el Estado nacional
y los Provinciales reconocen la ocupación
territorial comunitaria indígena, por primera
vez en nuestra historia, generando las condiciones tendientes a concebir una segunda
instancia realmente definitoria e indiscutible
que trata sobre la instrumentación de la
Propiedad Comunitaria Indígena.
En diciembre de 2024, el gobierno actual
derogó la Ley 26160 y el fin de la emergencia territorial, lo que ha generado gran
1 Creado por Resolución INAI Nº 624/08.
preocupación por el futuro de las comunidades indígenas y su protección territorial
ante el avance de desalojos territoriales y
un retroceso importante en cuanto a lo que
derechos se refiere.
Participación indígena en las políticas
públicas
Otro aspecto para destacar sobre el proceso
que se está describiendo, se vincula con la
participación de las comunidades indígenas. En ess sentido, el INAI promueve la
participación en la elaboración de políticas
públicas que los afecten, impulsando el pleno ejercicio de sus derechos. Con una visión
federal y democrática de la política, el INAI
debe coordinar tres espacios de intercambio
y cooperación para desarrollar políticas en
conjunto entre el Estado y la sociedad civil, a
través de la creación de distintos Consejos:
• Consejo de Participación Indígena: formado por dos miembros de cada pueblo
indígena de cada provincia, elegidos por las
propias comunidades
• Consejo de Coordinación: integrado por
un representante de
cada pueblo indígena
y un representante de
cada Ministerio con
incidencia en la temática
• Consejo Federal
Indígena: un espacio
de intercambio y cooperación integrado por
funcionarios nacionales y provinciales
de áreas de gobierno
a cargo de políticas
indígenas

A la vez, la consulta previa, libre e informada es un derecho fundamental reconocido a
los pueblos indígenas y comunidades, que
les permite participar en la toma de decisiones sobre proyectos o medidas que puedan
afectarlos. La consulta debe ser previa, es
decir, antes de que se implemente cualquier
acción, y debe ser libre (sin ningún tipo de
coerción o manipulación), informada (de manera transparente y completa) y realizada de
buena fe. El INAI tiene un rol fundamental en
ese proceso, actuando como garante de los
derechos de las comunidades y brindando
apoyo técnico para la implementación de la
consulta, que debe aplicarse específicamente cuando se prevean medidas legislativas
o administrativas que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas, o cuando
se vayan a realizar proyectos o actividades
en sus territorios. La falta de participación
política y representación o la ausencia de
la consulta previa, libre e informada en
las decisiones que les afectan, impide que
sus intereses sean considerados y vulnera
directamente el derecho de los pueblos
indígenas.
“La identificación y demarcación de los territorios de
las comunidades representa un primer paso en el
cual el Estado nacional y los Provinciales reconocen
la ocupación territorial comunitaria indígena, por
primera vez en nuestra historia, generando las
condiciones tendientes a concebir una segunda
instancia realmente definitoria e indiscutible que trata
sobre la instrumentación de la Propiedad Comunitaria
Indígena.”
Desarrollo comunitario indígena y
medioambiente
En cuanto a cuestiones de desarrollo comunitario, la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas del INAI tiene como objetivo
principal el desarrollo integral y sustentable
de las comunidades indígenas, fomentando
su arraigo en sus territorios. Para lograrlo,
implementan proyectos productivos, mejoran
la infraestructura, promueven iniciativas de
acceso a derechos y fortalecen la educación intercultural bilingüe. También articula
con el Programa Nacional de Salud para
los Pueblos Indígenas buscando mejorar la
cobertura de salud y la accesibilidad al sistema público de salud, desde una perspectiva
intercultural. La Dirección de Desarrollo de
Comunidades Indígenas también se enfoca
en la difusión del conocimiento del patrimonio cultural indígena y en la promoción de
la participación de las Comunidades en el
uso de los medios de comunicación propios
para ese fin.
La Ley 23302 expresa que será facultad
del INAI “Proponer el presupuesto para la
atención de los asuntos indígenas y asesorar
en todo lo relativo a fomento, promoción y
desarrollo de las comunidades indígenas del país”
(…) “Las reparticiones nacionales deberán prestar
la colaboración necesaria
para que el INAI pueda
cumplir con las funciones
asignadas”. Para ello la
Dirección de Desarrollo de
Comunidades Indígenas
constituyó y lleva adelante
la Mesa Interministerial
para Pueblos Indígenas,
que tiene como objetivos:
el diagnóstico conjunto
sobre la situación de las comunidades indígenas y la definición sobre las regiones
prioritarias por abordar, la elaboración de
iniciativas articuladas con el objetivo de
promover sinergias y aprovechar los recursos existentes de manera eficiente, el
establecimiento de articulaciones con los
gobiernos provinciales de modo de generar
un espacio de consenso que posibilite efectivizar políticas dirigidas a las comunidades,
el establecimiento de estrategias de vinculación con las comunidades para garantizar
la participación de los pueblos indígenas en
los temas que los convoquen.
Sin embargo, en materia de políticas públicas, aún queda mucho por hacer para
ofrecer oportunidades de trabajo decente
y promover mayores niveles de equidad a
las comunidades. La heterogeneidad de las
condiciones de vida, algunas veces en zonas rurales de escasa accesibilidad y otras
veces al margen de las grandes ciudades,
contribuyen a la vulnerabilidad de las personas indígenas y afectan especialmente
a las mujeres y los niños. Las conductas
discriminatorias que inciden en las condiciones laborales y en el acceso a empleos de calidad, tornan a las personas indígenas
más propensas a ser víctimas de trabajo
forzoso o trabajo infantil.
A modo de conclusión
La situación de los pueblos indígenas en
América Latina requiere de acciones urgentes y sostenidas para garantizar el cumplimiento de sus derechos, la reducción de
las desigualdades históricas y la protección
de sus territorios. Es fundamental fortalecer
y sostener la participación política de los
pueblos indígenas, garantizar el acceso a
servicios básicos, proteger sus territorios
ancestrales y combatir la discriminación y
la violencia.
En la Argentina, los derechos de los pueblos
originarios no se respetan, principalmente
debido a la discriminación racial, por la pobreza extrema y la violencia. Aquí hemos
expuesto qué es y qué políticas ha llevado
adelante el INAI, organismo que una gran
parte de la sociedad no conoce o ignora, y
qué objetivos o tareas realiza y debe cumplir.
Pese al esfuerzo de las tareas y los objetivos
mencionados que tiene el INAI, aún queda
muchísimo trabajo por
hacer que se manifiesta en la ausencia
plena de aplicación de
derechos territoriales
más amplios, también
en cuanto a sus derechos políticos y culturales reconocidos
en la Constitución, así
como en la degradación muy preocupante
del medioambiente, su
hábitat y su contaminación. Otra cuestión
más que importante y
siempre conflictiva está
relacionada con la extracción de recursos
naturales y/o la instalación de infraestructuras que pueden afectar sus territorios y sus
derechos. Los pueblos indígenas suelen ser
los más afectados por la pobreza, con tasas
significativamente más altas que la población más pobre no indígena. Son el sector
más excluido entre los excluidos.
De ahí la importancia de las políticas públicas que buscan eliminar la discriminación
hacia los pueblos indígenas y garantizarles
el acceso a los mismos derechos y oportunidades que el resto de la población. No
sólo son necesarias para dar cumplimiento
a las normas internacionales de derechos
humanos, sino para garantizar la justicia
social en nuestra sociedad, corrigiendo
esas desigualdades históricas garantizando
que los pueblos indígenas accedan a sus
derechos básicos y fundamentales. Como
se mencionó en un principio, los contextos y
proyectos políticos de país y quien gobierne
son muchas veces contrapuestos, entre las
ideas nacionales y populares y las antinacionales o que responden a las necesidades del
mercado y el poder financiero, van variando
de manera brusca y pendular en el tiempo, pero siempre quedan los más desposeídos
en el olvido más doloroso. Esa situación
hace que sea difícil desarrollar estrategias
estatales sostenidas en el tiempo, que resultan entrecortadas e incluso muchas veces
nulos los grados de voluntad política para
implementar las leyes y políticas públicas
necesarias que impiden que los derechos
indígenas se concreten y sean respetados.
En los tiempos actuales estamos presenciado una extravagante etapa en donde los
discursos de odio y racistas pareciera que
se van naturalizando día tras día, parecen
dirigidos a la población en general, pero
preferentemente hacia las minorías y contra
la diversidad cultural, proponiéndonos un
retroceso en cuanto a los avances existentes
en los derechos reconocidos a sectores de
la población como es el caso de los pueblos indígenas. Así las cosas, es de suma
importancia reconocer el importante rol del
Estado nacional y sus órganos específicos
para poder hacer valer los derechos de los
ciudadanos y darles garantías. En el caso
de INAI, luego de exponer y desarrollar sus
funciones específicas, es imprescindible la
intervención estatal en cuanto al cumplimiento de los derechos de los pueblos Iidígenas
sin desconocer que ello también depende de
la voluntad política del gobierno de turno y de
quienes estén a cargo de su funcionamiento
y su experticia, además de su posicionamiento político en la materia. Sin embargo,
algo que siempre se pasa por alto, pero es
muy significativo para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y la
política pública, son los recursos humanos
adecuados, la importancia del compromiso
y el grado de formación que tienen y deben
tener los empleados públicos, que en este
caso cuentan con una formación especializada continua. Claro está que en este último
punto todos vamos a estar de acuerdo, pero
cabe la aclaración de que en la mayoría de
las veces ese compromiso o las capacidades del trabajador/a con la tarea institucional
carece del reconocimiento y respeto mínimo
que merece y esa deuda o error, además
de ser acumulativos, van más allá del color
político de quien esté en la gestión de turno.
Retomando y para ir finalizando, en la
actualidad impera el discurso de las ideas
antinacionales, donde desde la máxima
autoridad del país se declara que “la justicia
social es una aberración” o “el Estado debe
ser destruido”. Las medidas que se han
tomado durante la gestión de gobierno nos
alejan cada vez más de la idea de soberanía
nacional o independencia económica, lo cual
nos hace recordar que el colonialismo no es
un evento histórico sino por el contrario, un
proyecto en curso latente que cada vez que
puede avanza. Este proyecto, como tantas
otras veces, intenta destruir nuestra identidad nacional histórica, negando nuestras
raíces y nuestras luchas. Intenta instaurar
un Estado mínimo y monocultural, buscando
eliminar el andamiaje cultural y social que
nos caracteriza históricamente como país
con ascenso social. Sólo será posible dar
pelea a este presente, si se busca mayor
unidad nacional, retrotrayéndonos nuevamente a cuáles fueron las motivaciones que
dieron gesta a nuestras luchas de independencia y recuperar el espíritu que tuvieron
nuestros próceres tanto a nivel regional
sudamericano como a nivel latinoamericano.
Y desde esa conciencia, desde ese pensar
nacional e identidad fortalecida y renovada,
recobrar las ideas para proponer un nuevo
pacto social justo, acorde con estos tiempos y nuevos desafíos, en donde todos los
sectores comprendan cabalmente que la
sociedad que anhelamos y en muchos otros
escenarios adversos supimos conseguir, es
lo que nuestra Patria necesita.
Bibliografía general Consultada
Amnistía Internacional
Cardona Agredo Gustavo Adolfo, Profesor
Universidad Nacional de Colombia: “El
Territorio y su Significado para los
Pueblos Indígenas”. Manizales, 2006-11-10
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Centro de Estudios Sociales y Legales
(CELS).
Constitución Nacional Argentina
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Indígenas - Asamblea General de la ONU
Revista: Documentos de debate – N° 67.
UNESCO. Año 2003.
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Ley 23.302 - Sobre Política Indígena y apoyo
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Murrieta, Julio Ruiz. “Democracia y participación política de los pueblos indígenas en
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Programa Relevamiento Territorial de
Comunidades Indígenas. Ejecución Ley
26.160, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. (2007).
Organización Internacional del Trabajo
(OIT), Convenio Internacional N° 169.
Emiliano Reynoso*
* Licenciado y Profesor en Sociología (UBA), Maestría en Diversidad Cultural (UNTREF)