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Políticas Públicas y Derechos Indígenas; El desguace del Estado y la amenaza de la injusticia social perpetua

 01/12/2025   1287
Políticas Públicas y Derechos Indígenas; El desguace del Estado y la amenaza de la injusticia social perpetua

En los últimos 40 años se vienen dando de manera pendular discusiones en la Argentina sobre un Estado "fuerte" versus un Estado "mínimo", que se centra principalmente en la intervención o no del gobierno en la economía y en la provisión de servicios públicos. Un Estado "fuerte" se caracteriza por una mayor intervención en la economía, con regulación, subsidios y programas sociales, mientras que un Estado "mínimo" busca reducir la intervención gubernamental, priorizando la iniciativa privada y la libre competencia, sujeta a los intereses del poder financiero. En la Argentina, la idea de "Estado fuerte" ha sido tradicionalmente más asociada a sectores políticos que se identifican con el peronismo y, en menor medida, a algunos sectores de la derecha nacionalista. El peronismo, con su énfasis en la intervención estatal en la economía y la política social, ha defendido históricamente un Estado con mayor poder para llevar adelante sus políticas de corte nacionalista. La idea de un "Estado mínimo" es típicamente asociada con partidos y movimientos políticos de la derecha liberal o neoliberales, como los es hoy en su máxima expresión el Partido Libertario, que defiende una fuerte reducción de la intervención estatal en la economía y la vida social, pero incluso va más allá cuando plantea la destrucción y desguace del Estado. La corriente del liberalismo clásico, que enfatiza la libertad individual y la mínima regulación, también se alínea con esa postura. 

Entre estas discusiones o fuertes diferencias en cuanto a proyectos de país que la Argentina sobrelleva, se encuentran los pueblos indígenas de la Argentina, organizados con sus comunidades en el territorio donde siempre vivieron o pudieron sobrevivir y en agrupaciones políticas propias que los representan con el objetivo de lograr avances en lucha por sus derechos. Fue sólo con la reforma constitucional de 1994 que el país reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, garantizando su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Se reconoce también la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, así como la entrega de tierras aptas y suficientes para su desarrollo humano. Busca también asegurar la participación de los pueblos originarios en la gestión de los recursos naturales en sus territorios, así como en la toma de decisiones que los afectan. 

Esos derechos consagrados se van a nraducir en políticas públicas concretas en pos de su cumplimiento por parte del Estado Nacional, especialmente a partir del gobierno del Néstor Kirchner mediante definiciones políticas claras y con financiamiento propio, algo inédito en nuestra historia. Hasta esa instancia política del país, los pueblos indígenas eran concebidos como una cuestión folklórica, del pasado, hasta incluso extintos. No existía realmente una política integral para esas poblaciones, el Estado no reconocía oficialmente muchísimas identidades de pueblos indígenas presentes en el territorio nacional, tampoco existían estadísticas oficiales ni estaban incluidos en el Censo nacional. 

El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), creado por la Ley Nacional 23302 sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes, en 1985 como entidad descentralizada con participación indígena, que hasta el año 2006 pertenecía al Ministerio de Salud y Acción Social y luego pasó a la órbita del entonces Ministerio de Desarrollo Social, contaba con un presupuesto mínimo y un personal acotado que sólo permitía la ejecución de políticas focalizadas muy puntuales para un número mínimo de casos enmarcados y ante una inmensidad de necesidades y reclamos que las comunidades ndígenas, en su mayoría reclamaban, al Estado Nacional. Es a partir del año 2003 que se avanza lentamente, pero de manera progresiva desde el Estado a través del INAI en políticas públicas para los pueblos originarios, que tienen como objetivo garantizar sus derechos, promover su desarrollo y asegurar su participación en la sociedad. Eso incluye el reconocimiento de su preexistencia étnica y cultural, respeto a su identidad y el acceso a una educación bilingüe e intercultural y avanzar en la garantía de la posesión y propiedad de sus territorios tradicionales. 


En esa etapa existieron avances en los derechos indígenas a través de políticas públicas que se llevaron adelante, no sin impedimentos, pese a la decisión política gubernamental y/o la sanción de leyes nacionales que tuvieron su objetivo centrado en el cumplimiento de los derechos otorgados constitucionalmente en el año 1994. En cuanto a esos impedimentos, podemos mencionar, de manera muy general, que son cuestiones de una importante densidad y de carácter históricocultural, con origen estructural que arrastra el propio Estado nacional desde su creación relacionados con su andamiaje conceptual, el cual contiene un sinfín de elementos de herencia coloniales y racistas acordes con su época. Si bien no es una temática para abordar en este escrito, cabe recordar que el surgimiento del Estado argentino fue un proceso complejo y prolongado que va desde inicios del siglo XIX casi hasta su final, con hitos clave como la Revolución de Mayo, la lucha por la Independencia, la sanción de la Constitución Nacional en 1853, la unificación de Buenos Aires con la Confederación y su consolidación a partir de la década de 1880. 

Pueblos indígenas en la Argentina del siglo XXI 

Desde comienzos del nuevo siglo, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas llevó adelante distintas políticas destinadas a concretar los derechos indígenas a nivel nacional que el Estado no contemplaba. A partir de aquí vamos a exponer a modo informativo cuál es el estado de la cuestión a la fecha, para poder tener un pantallazo general de cuáles fueron los lineamientos vectores de la política pública indígena de los últimos 20 años, tanto en sus aciertos como en sus desaciertos refiriéndonos a que hay cuestiones en las que se pudo avanzar, pero no de la manera esperada o que se necesitaba cumplimentar ante las grandes y graves necesidades de la población en cuestión. 

En relación a la población indígena de la Argentina, el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI) del INAI cuenta, hasta agosto de 2023, con un total de 1637 comunidades indígenas inscriptas con personería jurídica en todo el país, tanto aquellas comunidades registradas a nivel nacional como en organismos provinciales. Sin embargo, el universo total de las comunidades identificadas por la Dirección de Tierras y ReNaCI del Instituto es de 1889 en donde están incluidas aquellas que aún no poseen personería jurídica, pero sí han sido identificadas. Ese universo de comunidades que habitan el territorio nacional pertenecen a distintas identidades originarias preexistentes a la constitución del Estado argentino y están organizados en 39 pueblos indígenas actualmente reconocidos: Atacama, Chané, Charrúa, Chicha, Chorote, Chulupí (Nivaclé), Comechingón, Corundí, Diaguita, Fiscara, Guaraní, Guaycurú, Huarpe, Iogys, Kolla, Kolla Atacameño, Lule, Lule Vilela, Mapuche, Mapuche Tehuelche, Mbya Guaraní, Moqoit (Mocoví), Ocloya, Omaguaca, Pilagá, Qom (Toba), Quechua, Ranquel, Sanavirón, Selk´Nam (Ona), Tapiete, Tastil, Tehuelche, Tilián, Toara, Tonokoté, Vilela, Wichi, Yagán. Cabe aclarar que el número de comunidades indígenas puede variar debido a que los procesos identitarios de organización comunitaria son dinámicos. Cada pueblo indígena tiene su propia identidad cultural, su pasado histórico y presente, su propia cosmovisión. 

Los pueblos indígenas tienen su propio proceso de autorreconocimiento, sus propias formas de organización comunitaria y estrategias de lucha por sus derechos. Se encuentran distribuidos por todo el territorio argentino y es el noroeste la región más numerosa, alcanzando más del 40% de la población indígena total del país en las provincias de Salta y Jujuy. Los pueblos indígenas, en la mayoría de los casos, tienen sus derechos reconocidos en las constituciones provinciales, aparte de sus derechos específicos reconocidos en la Constitución Nacional en el art. 75. Inc. 17. También, a nivel internacional, en el Convenio 169 de la OIT firmado por el Estado nacional, ratificado por la Ley 24071 de 1992 y oficialmente en el año 2000 ante la misma OIT, y que es compartido con otros 21 países, la mayoría de América Latina. Dicho Convenio constituye una herramienta jurídica fundamental en la promoción de los derechos de los pueblos indígenas, ya que procura generar las garantías necesarias para el ejercicio pleno de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. O la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de septiembre de 2007, que tiene como predecesor el Conveniio 169 de la OIT y fue antecedente de la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Estados Americanos en 2016. En las últimas décadas hemos sido testigos de un proceso de revitalización de la identidad/conciencia indígena, que ha sido acompañado por un reconocimiento jurídico en distintos textos constitucionales y legislativos. 

“Los Pueblos Indígenas tienen su propio proceso de autorreconocimiento, sus propias formas de organización comunitaria y estrategias de lucha por sus derechos. Los mismos se encuentran distribuidos por todo el territorio argentino, siendo el noroeste la región más numerosa, alcanzando más del 40% de la población indígena total del país en las provincias de Salta y Jujuy.” 

Respecto a este punto, vale aclarar que hasta el año 2005 el Estado nacional tenía un registro de 891 comunidades inscriptas y que entre los años 2006 y 2023 se inscribieron y reconocieron 746 comunidades más de manera oficial, acrecentando así el universo total a las 1637 antes mencionadas, significando un incremento del 45,6%, quizás debido al cambio rotundo que sufrió el INAI y a sus políticas territoriales y de participación indígena que vamos a mencionar más adelante, es decir, un Estado que intenta resolver las necesidades y demandas históricas de los pueblos, pone el pie en el territorio e incluye la participación indígena en sus políticas públicas. 

Si hablamos de incrementos, podemos decir que hasta comienzos de siglo jamás se supo de forma certera por parte del Estado nacional cuánta era y cómo estaba conformada la población indígena del país. ¿Nunca, jamás? Al menos no de manera oficial, a pesar de la exigencia de los pueblos indígenas de muchos años de que se los agregara en los censos oficiales consultando a la población sobre su autorreconocimiento o pertenencia a algún pueblo indígena. A saber y de conformidad con los resultados del Censo Nacional de Población y Vivienda (CNPyV) del año 2001, la Encuesta Complementaria de Pueblos Originarios 2004-2005 arrojó la cantidad de 600.329 habitantes que se adscriben como descendientes de pueblos originarios, mientras que, en el censo de 2010, las personas que se autorreconocen indígenas asciende a 955.032, registrando una tasa de crecimiento del 37,14%. El Censo 2022 contabilizó 1.306.730 personas que se reconocieron indígenas o descendientes de pueblos indígenas, de las cuales 674.455 fueron mujeres y 632.275 varones, representando un 26,9% de crecimiento con los resultados del censo anterior. Todo eso refleja el aumento también de la visibilización de los pueblos indígenas como parte de la sociedad conjunta y del ueblo argentino, que durante muchísimos años fue tan denostada, estigmatizada y negada. Este último punto y el crecimiento ascendente de autorreconocimiento y el actor indígena necesitaría de un análisis más profundo que en esta ocasión no podremos, pero puede deberse a la disminución de la persecución o estigmatización de los pueblos indígenas a través de los años y el aumento de las políticas desarrolladas en torno a la lucha contra la discriminación y el racismo, como lo fue la creación del “Si hablamos de incrementos, podemos decir que hasta comienzos de siglo jamás se supo de forma certera por parte del Estado Nacional cuánta era y cómo estaba conformada la población indígena del país.”  Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), organismo gubernamental argentino creado en 1995 para combatir la discriminación en articulación interinstitucional con el INAI y otros organismos relacionados. Su objetivo fue elaborar y promover políticas públicas contra la discriminación, la xenofobia y el racismo. El INADI fue, lamentablemente y como todos sabemos, disuelto por Decreto en agosto de 2024. 

Cuadro: Autorreconocimiento o descendiente de pueblos indígenas en la Argentina 
Fuente: Indec. 

Derechos territoriales indígenas 

Las comunidades indígenas históricamente se encontraron frente a situaciones de persecución y estigmatización racial, desprotección legal y exclusión social, económica y territorial. En consecuencia, sufrían desalojos forzados, robo de sus territorios y recursos debido a la falta del reconocimiento de sus derechos. A partir del año 2006, mediante la sanción de la Ley 26160 (Decreto Reglamentario 1122/07) se declaró la emergencia territorial indígena, se ordenó la suspensión de desalojos a las comunidades para permitir la realización de un relevamiento de los territorios de cada una en todo el país, tendiente al reconocimiento de los derechos territoriales que los pueblos indígenas poseían desde la reforma constitucional. El INAI mediante Resolución 587/07, que en su artículo 1 establece la creación del Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (ReTeCI), quedó encomendado como autoridad de aplicación del relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas de todo el país. 

La Ley 26160 pretende instrumentar lo establecido en el Artículo 75, Inciso 17 de la Constitución Nacional, dando asimismo cumplimiento parcial al Artículo 14 Inciso 2 del Convenio169 de la OIT, que establece que “Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión”. 

Dicha Ley fue prorrogada en tres oportunidades: en el año 2009 mediante la Ley 26554, en 2013 a través de la Ley 26894 y en 2017 mediante la Ley 27.400 y nuevamente prorrogada en el año 2021 por el Decreto 805/2021, por la cual se extendió su vigencia hasta noviembre de 2025. 

El proceso de relevamiento territorial se llevó adelante mediante dos tipos de ejecución:  a) Ejecución Centralizada, donde la tarea se realizó desde el Equipo Central del INAI y, b) Ejecución Descentralizada o Coejecución, donde fue designando un Equipo Técnico Operativo (ETO) en cada provincia, con acuerdo del Consejo de Participación Indígena (CPI)1, con participación de un representante del Poder Ejecutivo de la provincia en cuestión y un representante del INAI, conformándose entonces, con estos 4 actores (ETO, CPI, representante provincial e INAI) la Unidad Provincial Ejecutora (UP). En toda su ejecución el Programa ReTeCI respeta la cosmovisión y pautas culturales de cada pueblo, mediante la intervención del CPI en la elaboración y ejecución. Se garantiza de esa manera el derecho constitucional de participar en la gestión de los intereses que los afecten. A la fecha el INAI, mediante el Programa ReTeCI, ha finalizado el proceso de relevamiento de 1000 comunidades indígenas, sobre un universo de 1889 identificadas entre inscriptas y no inscriptas. Asimismo, se ha iniciado el proceso de relevamiento en otras 288, las cuales se encuentran en distintos grados de avance de ejecución y deben ser terminadas. En ese sentido, en la actualidad restan relevar 601 para dar garantía a lo dictado jurídicamente en las leyes anteriormente mencionadas. El Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas ordenado por la Ley 26160 cristalizó durante todo este tiempo un innegable acto de justicia y reparación histórica para los pueblos originarios de nuestro país. La identificación y demarcación de los territorios de las comunidades representa un primer paso en el cual el Estado nacional y los Provinciales reconocen la ocupación territorial comunitaria indígena, por primera vez en nuestra historia, generando las condiciones tendientes a concebir una segunda instancia realmente definitoria e indiscutible que trata sobre la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena, que es y será siempre una de las demandas más sentidas de los pueblos indígenas de la Argentina. Mediante ese trabajo de relevamiento territorial el Estado argentino ha identificado un gran número de comunidades, pero aún no ha relevado el territorio de todas ellas. El proceso de reconocimiento y protección de los territorios indígenas es complejo e intervienen múltiples actores con intereses contrapuestos y aún no ha culminado, así como aún está pendiente una Ley de Propiedad Comunitaria que efectivice lo que ya se ha relevado. La identificación y demarcación de los territorios de las comunidades representa un primer paso en el cual el Estado nacional y los Provinciales reconocen la ocupación territorial comunitaria indígena, por primera vez en nuestra historia, generando las condiciones tendientes a concebir una segunda instancia realmente definitoria e indiscutible que trata sobre la instrumentación de la Propiedad Comunitaria Indígena. En diciembre de 2024, el gobierno actual derogó la Ley 26160 y el fin de la emergencia territorial, lo que ha generado gran 1 Creado por Resolución INAI Nº 624/08. 
preocupación por el futuro de las comunidades indígenas y su protección territorial ante el avance de desalojos territoriales y un retroceso importante en cuanto a lo que derechos se refiere. 

Participación indígena en las políticas públicas 

Otro aspecto para destacar sobre el proceso que se está describiendo, se vincula con la participación de las comunidades indígenas. En ess sentido, el INAI promueve la participación en la elaboración de políticas públicas que los afecten, impulsando el pleno ejercicio de sus derechos. Con una visión federal y democrática de la política, el INAI debe coordinar tres espacios de intercambio y cooperación para desarrollar políticas en conjunto entre el Estado y la sociedad civil, a través de la creación de distintos Consejos: 

 • Consejo de Participación Indígena: formado por dos miembros de cada pueblo indígena de cada provincia, elegidos por las propias comunidades 

 • Consejo de Coordinación: integrado por un representante de cada pueblo indígena y un representante de cada Ministerio con incidencia en la temática 

 • Consejo Federal Indígena: un espacio de intercambio y cooperación integrado por funcionarios nacionales y provinciales de áreas de gobierno a cargo de políticas indígenas 




A la vez, la consulta previa, libre e informada es un derecho fundamental reconocido a los pueblos indígenas y comunidades, que les permite participar en la toma de decisiones sobre proyectos o medidas que puedan afectarlos. La consulta debe ser previa, es decir, antes de que se implemente cualquier acción, y debe ser libre (sin ningún tipo de coerción o manipulación), informada (de manera transparente y completa) y realizada de buena fe. El INAI tiene un rol fundamental en ese proceso, actuando como garante de los derechos de las comunidades y brindando apoyo técnico para la implementación de la consulta, que debe aplicarse específicamente cuando se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas, o cuando se vayan a realizar proyectos o actividades en sus territorios. La falta de participación política y representación o la ausencia de la consulta previa, libre e informada en las decisiones que les afectan, impide que sus intereses sean considerados y vulnera directamente el derecho de los pueblos indígenas.

“La identificación y demarcación de los territorios de las comunidades representa un primer paso en el cual el Estado nacional y los Provinciales reconocen la ocupación territorial comunitaria indígena, por primera vez en nuestra historia, generando las condiciones tendientes a concebir una segunda instancia realmente definitoria e indiscutible que trata sobre la instrumentación de la Propiedad Comunitaria Indígena.”  

Desarrollo comunitario indígena y medioambiente 

En cuanto a cuestiones de desarrollo comunitario, la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas del INAI tiene como objetivo principal el desarrollo integral y sustentable de las comunidades indígenas, fomentando su arraigo en sus territorios. Para lograrlo, implementan proyectos productivos, mejoran la infraestructura, promueven iniciativas de acceso a derechos y fortalecen la educación intercultural bilingüe. También articula con el Programa Nacional de Salud para los Pueblos Indígenas buscando mejorar la cobertura de salud y la accesibilidad al sistema público de salud, desde una perspectiva intercultural. La Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas también se enfoca en la difusión del conocimiento del patrimonio cultural indígena y en la promoción de la participación de las Comunidades en el uso de los medios de comunicación propios para ese fin. 

La Ley 23302 expresa que será facultad del INAI “Proponer el presupuesto para la atención de los asuntos indígenas y asesorar en todo lo relativo a fomento, promoción y desarrollo de las comunidades indígenas del país” (…) “Las reparticiones nacionales deberán prestar la colaboración necesaria para que el INAI pueda cumplir con las funciones asignadas”. Para ello la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas constituyó y lleva adelante la Mesa Interministerial para Pueblos Indígenas, que tiene como objetivos: el diagnóstico conjunto sobre la situación de las comunidades indígenas y la definición sobre las regiones prioritarias por abordar, la elaboración de iniciativas articuladas con el objetivo de promover sinergias y aprovechar los recursos existentes de manera eficiente, el establecimiento de articulaciones con los gobiernos provinciales de modo de generar un espacio de consenso que posibilite efectivizar políticas dirigidas a las comunidades, el establecimiento de estrategias de vinculación con las comunidades para garantizar la participación de los pueblos indígenas en los temas que los convoquen. 

Sin embargo, en materia de políticas públicas, aún queda mucho por hacer para ofrecer oportunidades de trabajo decente y promover mayores niveles de equidad a las comunidades. La heterogeneidad de las condiciones de vida, algunas veces en zonas rurales de escasa accesibilidad y otras veces al margen de las grandes ciudades, contribuyen a la vulnerabilidad de las personas indígenas y afectan especialmente a las mujeres y los niños. Las conductas discriminatorias que inciden en las condiciones laborales y en el acceso a empleos de calidad, tornan a las personas indígenas más propensas a ser víctimas de trabajo forzoso o trabajo infantil. 

A modo de conclusión 

La situación de los pueblos indígenas en América Latina requiere de acciones urgentes y sostenidas para garantizar el cumplimiento de sus derechos, la reducción de las desigualdades históricas y la protección de sus territorios. Es fundamental fortalecer y sostener la participación política de los pueblos indígenas, garantizar el acceso a servicios básicos, proteger sus territorios ancestrales y combatir la discriminación y la violencia. 

En la Argentina, los derechos de los pueblos originarios no se respetan, principalmente debido a la discriminación racial, por la pobreza extrema y la violencia. Aquí hemos expuesto qué es y qué políticas ha llevado adelante el INAI, organismo que una gran parte de la sociedad no conoce o ignora, y qué objetivos o tareas realiza y debe cumplir. Pese al esfuerzo de las tareas y los objetivos mencionados que tiene el INAI, aún queda muchísimo trabajo por hacer que se manifiesta en la ausencia plena de aplicación de derechos territoriales más amplios, también en cuanto a sus derechos políticos y culturales reconocidos en la Constitución, así como en la degradación muy preocupante del medioambiente, su hábitat y su contaminación. Otra cuestión más que importante y siempre conflictiva está relacionada con la extracción de recursos naturales y/o la instalación de infraestructuras que pueden afectar sus territorios y sus derechos. Los pueblos indígenas suelen ser los más afectados por la pobreza, con tasas significativamente más altas que la población más pobre no indígena. Son el sector más excluido entre los excluidos. 

De ahí la importancia de las políticas públicas que buscan eliminar la discriminación hacia los pueblos indígenas y garantizarles el acceso a los mismos derechos y oportunidades que el resto de la población. No sólo son necesarias para dar cumplimiento a las normas internacionales de derechos humanos, sino para garantizar la justicia social en nuestra sociedad, corrigiendo esas desigualdades históricas garantizando que los pueblos indígenas accedan a sus derechos básicos y fundamentales. Como se mencionó en un principio, los contextos y proyectos políticos de país y quien gobierne son muchas veces contrapuestos, entre las ideas nacionales y populares y las antinacionales o que responden a las necesidades del mercado y el poder financiero, van variando de manera brusca y pendular en el tiempo, pero siempre quedan los más desposeídos en el olvido más doloroso. Esa situación hace que sea difícil desarrollar estrategias estatales sostenidas en el tiempo, que resultan entrecortadas e incluso muchas veces nulos los grados de voluntad política para implementar las leyes y políticas públicas necesarias que impiden que los derechos indígenas se concreten y sean respetados. 

En los tiempos actuales estamos presenciado una extravagante etapa en donde los discursos de odio y racistas pareciera que se van naturalizando día tras día, parecen dirigidos a la población en general, pero preferentemente hacia las minorías y contra la diversidad cultural, proponiéndonos un retroceso en cuanto a los avances existentes en los derechos reconocidos a sectores de la población como es el caso de los pueblos indígenas. Así las cosas, es de suma importancia reconocer el importante rol del Estado nacional y sus órganos específicos para poder hacer valer los derechos de los ciudadanos y darles garantías. En el caso de INAI, luego de exponer y desarrollar sus funciones específicas, es imprescindible la intervención estatal en cuanto al cumplimiento de los derechos de los pueblos Iidígenas sin desconocer que ello también depende de la voluntad política del gobierno de turno y de quienes estén a cargo de su funcionamiento y su experticia, además de su posicionamiento político en la materia. Sin embargo, algo que siempre se pasa por alto, pero es muy significativo para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y la política pública, son los recursos humanos adecuados, la importancia del compromiso y el grado de formación que tienen y deben tener los empleados públicos, que en este caso cuentan con una formación especializada continua. Claro está que en este último punto todos vamos a estar de acuerdo, pero cabe la aclaración de que en la mayoría de las veces ese compromiso o las capacidades del trabajador/a con la tarea institucional carece del reconocimiento y respeto mínimo que merece y esa deuda o error, además de ser acumulativos, van más allá del color político de quien esté en la gestión de turno. 

Retomando y para ir finalizando, en la actualidad impera el discurso de las ideas antinacionales, donde desde la máxima autoridad del país se declara que “la justicia social es una aberración” o “el Estado debe ser destruido”. Las medidas que se han tomado durante la gestión de gobierno nos alejan cada vez más de la idea de soberanía nacional o independencia económica, lo cual nos hace recordar que el colonialismo no es un evento histórico sino por el contrario, un proyecto en curso latente que cada vez que puede avanza. Este proyecto, como tantas otras veces, intenta destruir nuestra identidad nacional histórica, negando nuestras raíces y nuestras luchas. Intenta instaurar un Estado mínimo y monocultural, buscando eliminar el andamiaje cultural y social que nos caracteriza históricamente como país con ascenso social. Sólo será posible dar pelea a este presente, si se busca mayor unidad nacional, retrotrayéndonos nuevamente a cuáles fueron las motivaciones que dieron gesta a nuestras luchas de independencia y recuperar el espíritu que tuvieron nuestros próceres tanto a nivel regional sudamericano como a nivel latinoamericano. Y desde esa conciencia, desde ese pensar nacional e identidad fortalecida y renovada, recobrar las ideas para proponer un nuevo pacto social justo, acorde con estos tiempos y nuevos desafíos, en donde todos los sectores comprendan cabalmente que la sociedad que anhelamos y en muchos otros escenarios adversos supimos conseguir, es lo que nuestra Patria necesita.



Bibliografía general Consultada 

Amnistía Internacional Cardona Agredo Gustavo Adolfo, Profesor Universidad Nacional de Colombia: “El Territorio y su Significado para los Pueblos Indígenas”. Manizales, 2006-11-10 (Revista Luna Azul. 2006-11-23). Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS). Constitución Nacional Argentina Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas - Asamblea General de la ONU Revista: Documentos de debate – N° 67. UNESCO. Año 2003. Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Ley 23.302 - Sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes. (1985) Ley Nacional 26.160 – Emergencia territorial - Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (2006). Meentzen, Ángela. “Políticas públicas para los pueblos indígenas, en América Latina. Los casos de México, Guatemala, Ecuador, Perú y Bolivia”. Año 2007. Murrieta, Julio Ruiz. “Democracia y participación política de los pueblos indígenas en América Latina” Gestión de las Transformaciones Sociales MOST. Programa Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas. Ejecución Ley 26.160, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. (2007). Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio Internacional N° 169.





Emiliano Reynoso*
* Licenciado y Profesor en Sociología (UBA), Maestría en Diversidad Cultural (UNTREF)
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