Introducción
El
CONICET es un organismo autárquico, cuya misión es el fomento y ejecución de actividades científicas y tecnológicas en todo
el territorio nacional y en las distintas
áreas del conocimiento, en el que trabajan aproximadamente 11.800
investigadores e investigadoras, divididos en 4 grandes áreas de conocimiento:
Ciencias Agrarias, de
la Ingeniería y de Materiales,
Ciencias Biológicas y de la Salud,
Ciencias Exactas y Naturales y Ciencias Sociales y Humanidades. También
trabajan profesionales de apoyo a la investigación y personal administrativo.
El
CONICET ha tenido, y tiene en la actualidad, grandes logros científicos y
tecnológicos tanto a nivel colectivo como individual que contribuyen al
desarrollo de Argentina, que serían imposibles de enumerar en este espacio,
aunque brevemente podríamos mencionar que se logró interrumpir la transmisión
humana de la enfermedad de Chagas en un municipio chaqueño, el desarrollo de un cultivo bioprotector para
combatir la contaminación de E. coli enterohemorrágica en la carne o el
desarrollo de una semilla transgénica resistente a la sequía, entre muchos otros.
Estos
logros contribuyen al desarrollo nacional y constituyen un valiosísimo capital
humano, por lo que poner en manos de capitales privados, muchas veces con
intereses ajenos al desarrollo nacional o, en última instancia, proceder con su
disolución, es una idea por lo menos descabellada que no tiene en cuenta la
riqueza de la formación, el trabajo diario de todos los integrantes de CONICET
ni la concepción de que sin tecnología nacional no habrá una industria realmente
argentina, y sin tal industria podrá existir crecimiento[1],
pero nunca desarrollo[2].
CONICET,
como cualquier institución formada por seres humanos, tiene oportunidades de
mejora que le permitirán abordar los desafíos de este milenio de manera mucho
más eficiente, por ejemplo los mecanismos de selección, evaluación y exclusión
de sus agentes de la carrera del investigador, del personal de apoyo a la
investigación o la carrera administrativa, que serán abordadas al final de este
escrito para centrarnos en intentar aportar un poco de luz sobre la idea que se
debatió últimamente en los medios de comunicación: ¿Debe existir el CONICET? y
no nos referimos a la sola existencia del organismo sino a la posibilidad que
tiene un Estado, que se denomina así mismo “pobre”, en financiar la actividad
de Ciencia y Tecnología, dado que las mismas funciones que realizan los agentes
de CONICET, podrían realizarse dentro de Universidades de gestión estatal u
otras agencias gubernamentales. Por lo que la existencia de CONICET debe
debatirse en una pregunta más amplia ¿Debe el Estado fomentar la actividad de
CyT?
La Justicia Distributiva
fundamento del CONICET
Esta
es una cuestión filosófica y ética que nos invita a reflexionar sobre el modelo
de Justicia Distributiva (JD) que fundamenta la existencia del CONICET. La JD
se refiere a los “los marcos económicos, políticos y sociales que cada sociedad posee,
como sus leyes, instituciones, políticas, etc., dan como resultado diferentes
distribuciones de beneficios y cargas entre los miembros de la sociedad.”,
según el diccionario de filosofía de Stanford[3].
En
el pensamiento libertario, tan en boga hoy en nuestro país, las funciones
gubernamentales deben limitarse a aquéllas que protegen los derechos en las
posesiones, las cuales son justas si, la persona, tiene derecho a ellas según
los principios de justicia en la adquisición y transferencia. Si las posesiones
de cada persona son justas, entonces el conjunto total (distribución) de
posesiones es justo[4].
(Nozick, 1974: 153) Así, el "estado mínimo" libertario se limita a
las funciones de "protección contra la fuerza, el robo, el fraude, la
ejecución de contratos, etc."[5].
(Nozick, 1974: ix), por lo que recaudar impuestos para financiar cualquier otra
función es una violación injusta de derechos y libertades. Por lo tanto, el financiamiento
respaldado por impuestos para la investigación y el desarrollo queda excluido,
y con ello la mayor parte de lo que involucran las políticas contemporáneas de
ciencia y tecnología. Una política científica y tecnológica que abrace los
ideales de la libertad elimina el financiamiento gubernamental y evita
políticas que mejoren las condiciones comerciales para algunas tecnologías en
comparación con otras, pero abraza políticas que protejan la propiedad de las
innovaciones para que el intercambio en el mercado pueda determinar qué
tecnologías se desarrollan y utilizan.
Como
esperará el lector, nuestro pensamiento está en las antípodas de lo que hasta
ahora hemos descrito; pero no podemos dejar de enunciarlo dada la discusión en
la sociedad actual; pero también debemos decir que la mayoría de los Estados
actuales invierten ingentes cantidades de dinero en Ciencia y Tecnología por lo
que este modelo no es el utilizado actualmente en gestión de ciencia y tecnología.
Podríamos
pensar en un concepto utilitarista de la JD y entonces entender que un conjunto
de contratos sociales es justo siempre y cuando aumente el “bienestar total” y
hace 75 años que existe un acuerdo social sobre la existencia de CONICET,
manifestado no solo por su mera existencia como organismo de derecho público
sino, por ejemplo, por la Ley 27.614/2021 de Financiamiento del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Según esta teoría, los beneficios
para la sociedad en general derivados de la investigación y el desarrollo van
más allá de los beneficios que recibe el inventor individual por lo tanto, las
empresas privadas invertirán insuficientemente en investigación y
desarrollo y dado que el rol del Estado
es aumentar el bienestar, el utilitarismo justifica la recaudación de impuestos
para estimular más investigación y desarrollo de la que el mercado llevaría a
cabo por sí mismo, con el fin de producir esos beneficios más amplios. Aunque
mucho más cercana a nuestro pensamiento y basta para admitir la existencia de
CONICET y de la injerencia del Estado en la actividad de CyT, el criterio
ordenador en este modelo sigue siendo el mercado en tanto que “bienestar
total” se entienda como crecimiento.
Sin
embargo creemos que hay otro fundamento de JD superador que permite fundamentar
la existencia de CONICET como organismo público y esta es la Justicia Social.
Si para los libertarios el cobrar impuestos y destinarlos a la CyT es una
acción inmoral y para los utilitaristas es moralmente aceptable siempre y
cuando los desarrollos científico tecnológicos contribuyan al “bienestar
total”, nosotros consideramos que la acción de tributar impuestos que redunden
en acciones estatales que promuevan el desarrollo es una acción solidaria que
realiza el entramado de la sociedad argentina y permite reducir la desigualdad
social.
Este
es el pensamiento detrás de la definición de CyT: la importancia de la CyT
normalmente se asocia con los países rectores en el mundo, (...) la ciencia y
la tecnología tienen una función primordial que cumplir (...) en busca de una
mayor autodeterminación y solución de (...) problemas particulares de Argentina[6].
Esto
no implica que la gestión estatal de CyT esté libre de errores y que no deba
ser perfeccionada. Por eso, una vez que hemos fundado la base de la existencia
de CONICET, es que propondremos algunas líneas para su mejora.
Presente y propuestas de
mejora
Esta
comunidad CONICET, pujante por la cantidad de conocimiento acumulado y
transferido, con tan variados perfiles y
presente a lo largo de todo el país, no puede estar libre de defectos, los
cuales constituyen una oportunidad de mejora para hacer que su objetivo de
contribuir en el desarrollo nacional sea conseguido de manera más eficiente y
así redefinir el contrato entre CONICET y la sociedad argentina de la que forma
parte, que parece haberse puesto en discusión en este época.
Lineamientos de gestión
Es
a partir de esta premisa, de CONICET como herramienta del desarrollo nacional
es que la planificación y gestión de la Ciencia y la Tecnología debe ser
centralizada en el Estado Nacional[7].
Sin embargo la gestión pública de la CyT no debe excluir la participación de
agentes privados, sea en la financiación, evaluación o administración de los
resultados de las investigaciones, casos de éxito que son desarrollados
íntegramente en Argentina:
“ARVAC
Cecilia Grierson” como refuerzo contra el COVID-19, desarrollada entre CONICET,
la Universidad Nacional de San Martín y la empresa de capitales privados
Cassará.
Si
bien en la discusión mediática y social hoy en boga parece distinguir las
ciencias duras (Ciencias Naturales e Ingeniería) en contraposición a la
Ciencias Blandas (Ciencias Sociales, Filosofía, Historia, Artes, etc.), siendo
las primeras sólo dignas del financiamiento estatal, nosotros preferimos
clasificar la actividad de CyT en ciencia pura (básica) y ciencia aplicada y
podríamos definir a la primera como la generación creativa de nuevo
conocimiento que propone soluciones (o perplejidades) a problemas universales y
sólo de manera mediata es aplicado al desarrollo nacional y en cambio la
segunda, desarrolla también de manera creativa soluciones cercanas, sino
inmediatas, al desarrollo nacional. Es importante la característica de
creatividad en ambas actividades, especialmente en la actividad tecnológica,
dado que muchas veces se tiende a confundir la actividad tecnológica con la
consultoría que podría realizarse de manera más o menos rutinaria y que también
es valiosa; pero no entra dentro de este sistema de CyT.
Lineamiento gremial
No
existe un convenio sectorial específico para el CONICET, sino que sus
actividades se regulan mediante la Ley Nro. 20.464 (Estatuto de las Carreras del Investigador
Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y
Desarrollo), que fuera promulgada el 23 de mayo de 1973, la cual fuera derogada
por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional (Ley 25.164),
aunque en virtud de esta misma Ley, el
ordenamiento y la reglamentación de la Ley original sigue vigente, y ordena el
ingreso, permanencia y cese de los trabajadores de CONICET, hasta la firma de
un Convenio Colectivo Sectorial. Mientras que el personal administrativo está
resguardo por el Convenio Sectorial SINEP.
Como
es de esperarse, los cambios producidos en la sociedad toda desde 1973 hacen
que la Ley 20.464, sea insuficiente para regular la actividad creativa de los
miembros de CONICET. Por lo que surge a la vista que la celebración de un Convenio Colectivo
Sectorial que incluya a todos los escalafones estables de CONICET es condición sine que non para reelaborar el contrato
entre CONICET y la sociedad.
Lineamientos
para los distintos escalafones
En
lo que sigue, presentamos algunos de nuestros pensamientos sobre las
dificultades actuales de CONICET y como solucionarlas, bien sea por vía del CCS
y/o de políticas de gestión de los recursos humanos.
Una
parte importante del Organismo es el personal administrativo. Por lo que la
primera oportunidad de mejora, surge a la vista, debe dotarse al CONICET de una
plantilla de personal administrativo, suficiente, competente y estable de
manera de poder asegurar que los procesos administrativos sean cumplidos en
tiempos adecuados y con la calidad esperada a una institución moderna.
2. De la carrera de
investigador científico
La tarea fundamental de la
gestión de la CyT consiste en asegurar confianza perdurable a
todos sus miembros así como el incentivo
de la creatividad[8].
Esta confianza excede el reclamo salarial, sino que además incluye el reconocimiento
social de su función[9],
la cual se basa en que todos los investigadores reciban una evaluación de su desempeño
de acuerdo con el perfil propuesto. En cuanto al incentivo de la creatividad, éste
es la fundamentación de las actividades del investigador.
Esta evaluación debe hacerse de manera que se
eviten los excesos, se reencause la tarea del investigador y eventualmente se
proceda a su cesantía pero también que premie la labor del mismo y le permita,
en todas las circunstancias, su crecimiento y el refuerzo de su vínculo con la
sociedad de la que es parte y recibe sustento económico.
En
la actualidad la evaluación de los investigadores se realiza según lo establece
la Ley 20.464. El ingreso y promoción se definen mediante un concurso público
y permanencia de los investigadores
mediante evaluaciones anuales o bianuales y los define el Directorio de
CONICET, si bien los criterios por los cuales se basa la evaluación están
comenzando a ser públicos, la interpretación de dichos criterios, realizada por
cada una de las comisiones asesoras, está muy lejos de ser explícita, lo que
complota con la base de confianza que el sistema tiene que brindar al
investigador dado que éste desconoce a
priori, los criterios con los que será evaluado. Por lo que la evaluación
de desempeño de los investigadores debe realizarse con criterios claros y
explícitos, tanto en su formulación como en su interpretación y aplicación
y las organizaciones gremiales deben
estar presentes en todas las instancias de evaluación.
Es
la participación sistemática y
permanente de actores de la sociedad, de acuerdo con la gran área de
conocimiento, que servirá como liaison entre
la sociedad, cuya expresión en la actualidad es el Plan Nacional de Ciencia y
Tecnología, y el CONICET de manera que la actividad de éste sea un servicio
efectivo a la sociedad, sin descuidar la prudente generación y acumulación de
conocimiento que permitirá la relativa autonomía e internacionalización de la
ciencia y técnica argentinas. Estos criterios de vinculación con la sociedad
toda, no sólo con las empresas sino con el gobierno, las organizaciones
intermedias, los sectores de la economía popular, los medios de producción y el
sistema financiero, deben estar presentes en toda los actos de evaluación, sea
el ingreso a la carrera del investigador, la evaluación de desempeño, la
promoción y la evaluación de subsidios.
Si
la evaluación se realiza teniendo en cuenta el impacto de la investigación,
aunque sea un impacto mediato (ciencias puras)
o a largo plazo (ciencias puras) junto con la contribución a la
generación de nuevo conocimiento, quedarán zanjadas los cuestiones casuísticas
que tanto entorpecen la vida del investigador como es el caso del idioma de las
publicaciones, los índices de calidad de las revistas, etc.
De la carrera de apoyo a la
investigación
Una
vez que los investigadores tengan claro qué es lo que la sociedad demanda de
ellos, la función del personal de apoyo a la investigación se debe alinear a
estos objetivos. Se debe lograr que el perfil y la capacitación permanente de
este escalafón estén enmarcados en el contrato CONICET-sociedad, excluyendo
cualquier tipo de violencia o discrecionalidades hacia este escalafón.
De los becarios
No
abundamos en el tema de los becarios, los cuales creemos que merecen una
publicación aparte, dado que su trabajo tiene una especificidad particular. Sin
embargo sí creemos que la incorporación
de becarios debe ser coherente con el potencial empleador del Estado y las
organizaciones privadas, dado que
configura una grave incoherencia social impulsar a nuestros hombres a
desarrollar líneas de especialización, sin darles después la posibilidad de
aplicar sus aptitudes en forma socialmente útil y ambos (Estado y Privados) tienen la responsabilidad moral e histórica
de ocupar a todos los científicos y técnicos del país[10].
Conclusión
Renovar
el contrato del CONICET con la sociedad a la que sirve es una tarea fundamental
de la dirigencia política, sindical y de todos los miembros del CONICET, sin la
cual será imposible que éste no sea víctima de las veleidades de los políticos
de turno. Para eso hemos presentado algunos lineamientos para fortalecer la
comunidad CONICET y vincularla con la sociedad. En resumen, creemos que es
fundamental la planificación centralizada y Estatal de la CyT, que deben
privilegiarse las actividades de CyT que sirvan al desarrollo nacional, aunque
sin perjudicar la acumulación de nuevo conocimiento, que la liaison entre CONICET y la sociedad a la
que sirve, debe ser explícita y participar en todas las instancias de
evaluación y finalmente, todo esto debe estar contenido en un CCS.
Material de referencia
Nozick, R. (1974). Anarchy, state, and utopia. John Wiley & Sons
Perón, J. D., & Saa, A. R.
(1983). Modelo argentino para el proyecto
nacional.
Rosario: Ediciones de la Bandera.
Cozzens, S. E. (2007). Distributive justice in science and
technology policy. Science and
Public Policy, 34(2), 85-94.
LEY Nº 20.464.
Estatuto de las carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del
Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
1 Delegado
UPCN, Investigador CONICET. 2Delegado
UPCN
[1] Entendido como el aumento en las variables
macroeconómicas como el ingreso nacional y el producto interno bruto.
[2] En contraste al crecimiento, el desarrollo es
la evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida.
[3] The economic, political, and social
frameworks that each society has —its laws, institutions, policies, etc.—result
in different distributions of benefits and burdens across members of the
society.
[4] The general outlines of the theory of justice
in holdings are that the holdings of a person are just if he [el resaltado es nuestro] is entitled to them by the principles
of justice in acquisition and transfer, or by the principle of rectification of
injustice. If each person’s holdings are just, then the total set
(distribution) of holdings is just. (Nozick, R. (1974). Anarchy, state, and utopia. John Wiley & Sons).
[5] Nozick
oc
[6] Perón,
J. D., & Saa, A. R. (1983). Modelo
argentino para el proyecto nacional. Rosario: Ediciones de la Bandera.
[7] Perón,opc.
[8] Proyecto Argentino
[9] Proyecto Argentino
[10] Peron, oc