UPCN Digital
Profesionales

01/02/19

 21/03/2023   528

Resumen: Cómo  funciona la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) con relación a las Entidades Sindicales, parte de su legislación aplicable a título orientativo.  Importancia de esta Dirección Nacional.

La presente nota, tiene el objetivo de brindar un breve desarrollo de las actividades que se llevan adelante a los efectos de mantener la historia viva de las entidades gremiales desde su origen y reconocimiento legal.

 

La Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS), es una de las direcciones que se encuentra comprendida en la Secretaria de Trabajo, dentro de nuestro Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS).

Ésta es la que se encarga de regir la vida de las asociaciones sindicales, desde su constitución, modificación, fusión, o incluso hasta la disolución de la misma.

Su composición está distribuida por departamentos, por lo que las entidades gremiales y los particulares interesados en algún trámite, deben dirigirse a esta Dirección Nacional, atento a las competencias específicas o en razón de la materia, y en su caso respecto de la  aplicación e interpretación de la normativa legal vigente.

Dentro del cuerpo normativo legal que rige la vida institucional de las organizaciones gremiales de trabajadores/as, podemos mencionar las siguientes:

-Ley de Procedimientos Administrativos (Ley Nª 19.459) - Decreto 894/2017- (Aprueba el texto ordenado del Reglamento de Procedimientos Administrativos.)

-Ley de Asociaciones Sindicales (Ley Nª 23.551) y su Decreto Nª 467/88 y Ley N° 24.576 de incorporación de cupo femenino en la organización de la vida interna de las asociaciones gremiales, otra mirada que ha permitido un gran avance dado los tiempos que corren en materia sindical.

Claro está que además el MTEySS debe respetar lo dispuesto en el Decreto N° 333/85 y sus actualizaciones. Que mucho tiene que ver en la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa, lo que se conoce comúnmente como resoluciones ministeriales o disposiciones de autoridades.

Ente los “trámites” que las entidades sindicales deben realizar ante la Dirección Nacional, podemos distinguir aquéllos que se denominan “comunicaciones” o “solicitudes”. El fin de los mismos es informar lo que sucede en el seno de las organizaciones gremiales y que a su vez pueden impactar en el registro informático y, de corresponder, culminar con la entrega de una determinada documentación requerida y certificada por autoridad ministerial.

Esta Dirección Nacional también cuenta con otros trámites llamados “productos institucionales”, que en su modo normal de finalización, se dicta un acto administrativo (Resolución Ministerial, Disposición DNAS, etc), o con el dictado de un proveído resolutivo dispuestos por el/la Director/a Nacional, que normalmente son contestaciones a peticiones formuladas por las entidades o particulares, conocidos como dictámenes.

Independientemente de la forma en la que el acto administrativo se materialice, el mismo será registrado en el referido Sistema DNAS, el cual conforma la única base de datos y de consulta de la dirección y de los administrados/as interesados/as, a través de la web.

Los departamentos que componen la estructura de la Dirección Nacional se detallan a continuación en forma sucinta para una mejor visualización:

DEPARTAMENTOS QUE CONFORMAN LA DNAS.

TEMÁTICA QUE TRATAN

·   Departamento de Estructura Sindical

·     Inscripción gremial, es el reconocimiento jurídico.

·     Personería gremial, en el caso de más representativa.

·     Modificación/ adecuación estatutaria, organización interna de las entidades.

·     Fusión de entidades sindicales.

·     Afiliación y desafiliación a Federaciones o Confederaciones.

·     Se encarga del Registro pormenorizado de las organizaciones sindicales y de empleadores y en la retención de cuota y contribuciones.

·  Departamento de Asuntos Institucionales

·     Convocatoria a elecciones, renovación de cargos.

·     Convocatoria a asambleas y congresos extraordinarios, donde se discuten los fines y objetivos de las organizaciones.

·     Modificación definitiva/transitoria de comisión directiva.

·     Elecciones de delegados/as de personal, en el puesto de trabajo o empresa.

·     Impugnación de elecciones de delegados/as.

·     Denuncias de acefalía.

·  Departamento de Administración Sindical

·     Conflictos de encuadramiento. 

·     Cuota sindical.

·     Presentación de memoria y balance.

·     Asambleas y congresos generales ordinarios.

·     Modificaciones del sistema de registro contable.

·  Departamento de Coordinación Administrativa

·     Entiende en todo lo concerniente con la documentación que presentan las entidades sindicales, las entidades representantes de las cámaras empresariales y los particulares. Verificando de esta forma que la documental presentada responda a los distintos productos institucionales que trata la DNAS.

·         Departamento de Fiscalización

·     Es el designado para fiscalizar actos deliberativos y eleccionarios (de las asociaciones gremiales de trabajadores/as y empleadores), entre otras funciones.

 

El DEPARTAMENTO ESTRUCTURA SINDICAL presenta varios pilares a tratar, entre ellos la petición de Inscripción Gremial (IG), dispuesta en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional al consagrar en su primer párrafo: “(…) organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.

Una vez que los sindicatos o uniones son reconocidos, se procede luego a registrar estas entidades sindicales en el sistema DNAS, que alberga la vida de las organizaciones.

Recién a partir de este momento, es cuando nacen jurídicamente las organizaciones sindicales de trabajadores/as. Este registro hace las veces de registro civil, que va tomando razón de todas las modificaciones que se producen en las entidades gremiales, tales como modificaciones estatutarias, ampliaciones de su representación tanto personal como territorial, obtención de su personería gremial y cuando corresponda, fusiones, absorciones y en última instancia disoluciones si así fuere. 

Ahora bien, con relación al DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN SINDICAL,  uno de los “temas o productos” más relevantes que trata, es el de Encuadramiento Sindical, situación de conflicto el cual interviene ante disputas de carácter intersindical de derecho, es decir, discutir con otro/s sindicato/s el alcance de representatividad sobre un grupo de trabajadores/as de determinada actividad.

La tarea del departamento señalado es la resolución del conflicto, que reside en identificar cuál es la asociación sindical más apta para representar al conjunto de trabajadores/as afectados/as, en base al ámbito personal y territorial de actuación, es decir, categorías de trabajadores/as y localidades afectadas, y que hayan sido previamente reconocidos, con tal carácter; y así poder encuadrar a esos/as trabajadores/as en el ámbito de representación adecuado de una sola entidad.

Es necesario tener en cuenta que, para que esto suceda, las entidades afectadas deben agotar la vía asociacional, es decir, que primero deberán intentar resolver el conflicto dentro del seno de lo organización, o en su defecto lo resolverán las Federaciones o Confederaciones a las que se encuentren adheridas. Para el caso de que no se llegue a una solución, podrá recurrirse a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

Otro tema que trata este departamento es el de Cuota Sindical, la cual constituye el aporte que realiza el/la trabajador/a afiliado/a en forma ordinaria, extraordinaria o solidaria. Esta cuota es una de las fuentes que constituye el patrimonio de la asociación y su monto se determina por congreso o asamblea (Art. 20, inc e, Ley N° 23.551).

De ahí es que el/la afiliado/a ve en su recibo de haberes, la retención del importe que obedece a dicha cuota y que, a su vez, es una obligación de los empleadores actuar como "agente de retención" de tales importes. Para que esto así suceda, deberá mediar una resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, disponiendo la retención.

El DEPARTAMENTO ASUNTOS INSTITUCIONALES, entre sus funciones más destacadas, tiene la tarea de analizar las convocatorias y comunicaciones que hacen las entidades sindicales respecto de sus actos inherentes a la vida interna de éstas, tales como los llamados Elecciones de Comisión Directiva y renovación de autoridades, Elección de Junta Electoral, Convocatoria a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y sus resultados, Plenarios de Delegados Congresales y corrimientos internos de acuerdo con las particularidades del caso.

Los DEPARTAMENTOS DE COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA y de INSPECCIÓN son los responsables de notificar y comunicar todos los actos que se llevan a cabo en los Departamentos descriptos anteriormente. Es decir que, la participación y colaboración entre estos Departamentos, resulta de importancia tal para el óptimo funcionamiento de la DNAS.

Cada Departamento cuenta con un cuerpo de profesionales y administrativos/as que se ocupan de dar curso a los distintos trámites solicitados y con ello mantener el registro informático de la DNAS actualizado.

Como se expone, esta Dirección Nacional es la responsable de canalizar todos los trámites concernientes a la vida y funcionamiento de los sindicatos, desde su fundación. Todo ello se encuentra  asentado en el Registro informático DNAS. Asimismo, este registro y el mantenimiento activo de los legajos de las entidades sindicales contienen la historia viva de las organizaciones gremiales, desde sus orígenes hasta la actualidad y en el futuro.

Por otro lado, todas las entidades sindicales tienen acceso a la web del Ministerio de Trabajo a través de https://www.argentina.gob.ar/trabajo/sindicatos, donde pueden consultar los trámites y la información del mencionado Registro.

A modo de conclusión, destacamos la importancia de la “DNAS” para las entidades sindicales, como único organismo dentro del Ministerio, que se encarga de velar por las mismas.

"Las organizaciones gremiales son transversales al tiempo, la razón de su existencia es que el/la trabajador/a y su familia vivan dignamente".

UPCN Copyrights © 2018 Todos los derechos reservados.