El
trabajo es una de las herramientas más valiosas para impedir la reproducción de
la pobreza, por ello creemos que es importante desarticular la subordinación de
las condiciones laborales a la economía.
Se
debe reconocer que la transición del trabajo informal al formal, representa un
desafío enorme para los países latino americanos.
Según datos de la OIT, 2000 millones de
trabajadores/as - 61,2 % de la población ocupada mundial - tienen un empleo
informal. Además, 8 de cada 10 empresas del mundo son informales, y a menudo éstas
son microempresas y pequeñas empresas (incluidos los trabajadores por cuenta
propia).
La
formalización implica una oportunidad para que las empresas se desarrollen y
los trabajadores/as estén protegidos/as, por ello, no existe contexto para considerar que los salarios de los/as
trabajadores/as formalizados/as, representen
un obstáculo para el crecimiento del
país. Se debe asumir que el salario, el empleo y la protección social, no conforman
una variable de ajuste.
La
historia que nos traza ha demostrado que las sociedades de mercado, sostenidas en
fundamentos financieros y mercantilistas, han desplazado a miles de
trabajadores/as hacia una situación crítica, atentando contra el
fortalecimiento del trabajo decente y
con ello, la dignidad que desde las
organizaciones profesionales de trabajadores, tan arduamente se custodia.
El paradigma de progreso social, solo puede
ser realidad tangible, a través de la justicia social mirada desde los derechos
laborales, sociales y plena vigencia de los derechos humanos, en una sociedad
donde se valore y promueva la participación de los/as trabajadores/as.
El
trabajo decente enmarcado en el diálogo social, es médula neurálgica de la articulación social
y respuesta a la gran concentración económica y consolidación de poderes que
impiden el desarrollo.
Es
necesario seguir militando y trabajando contra el trabajo no registrado,
luchando incansablemente contra el flagelo de la explotación laboral. Los
derechos conquistados deben ser defendidos día a día.
El
movimiento obrero organizado ya ha dado testimonio de que es el mejor camino
para resistir los embates de un mundo que está demostrando dificultades
para generar empleo.
El
principal beneficiado de la
formalización de la relación laboral es el/la trabajador/a con proyección a su
familia, ya que, a través del cumplimiento del pago de las cargas patronales, e
ingreso de los aportes, accede a los beneficios derivados de la seguridad
social, como ser: jubilación, obra social, asignaciones familiares, aguinaldo,
vacaciones, acceso al seguro de
desempleo en caso de extinción del contrato de trabajo y demás.
Las
cargas sociales benefician a toda la sociedad, ya que en nuestro país, el
régimen de la Seguridad Social se sustenta en principios tales como el de la
solidaridad, a partir del cual las cargas sociales que ingresan de parte de un/a
trabajador/a en actividad, solventan
necesidades de interés público.
La
falta de formalización es un disvalor que se proyecta a todo el entramado social, ocasionando evasión fiscal y
previsional, competencia desleal con los empleadores que cumplen sus
obligaciones y descenso de ingresos a los sindicatos por falta de pago de las
cuotas sindicales.
La
registración de los/las trabajadores/as propende el crecimiento de las
empresas. Es un proceso de inclusión económica que les facilita capacitar a sus
asalariados/as, mejorar sus oportunidades comerciales, reducir la competencia
desleal que representan las empresas informales, recibir asistencia técnica por
parte de entidades estatales y acceder a oportunidades de financiación,
servicios y tecnologías de desarrollo empresarial.
Promover
el trabajo registrado además permite al Gobierno aumentar la recaudación
tributaria para invertir en mejores servicios, elaborar políticas públicas
efectivas para atender diferentes demandas sociales e impulsar el desarrollo
económico y social del país beneficiando así a las empresas y a los/las
trabajadores/as.
El
trabajo no registrado no es natural, significa injusticia y exclusión, por ello
la importancia del trabajo de inspección que lleva adelante el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El
empleo no registrado constituye una problemática central para el mercado de
trabajo, ya que se trata de un trabajo que no brinda las condiciones básicas para
que los/as trabajadores/as y sus familias puedan acceder a una vida digna,
configurando una situación precaria que ocasiona una vulnerabilidad que se
proyecta en el/la trabajador/a y en todo el diseño social, porque genera
evasión fiscal y previsional, competencia desleal entre los empleadores que
cumplen y los que no, y desfinanciamiento del sistema de seguridad social y de
los recursos sindicales.
No representa una novedad que los/as
trabajadores/as, por miedo a perder su fuente de trabajo en un contexto de baja
empleabilidad, se someten a condiciones laborales que menoscaban sus derechos de
forma peyorativa, profundizándose esta situación en casos de trabajadores/as no
registrados, quienes padecen sin reparo la constante violación del plexo
normativo laboral.
A
pesar de la legislación vigente y planes implementados para combatirlo, la
problemática social planteada por el trabajo no registrado sigue siendo preocupante.
A nivel nacional, las provincias del Noreste tienen el índice más elevado de
trabajo no registrado y la Patagonia el más bajo.
La
situación del/la trabajador/a no registrado es de total desprotección dado que,
como ya mencionáramos, no está cubierto por la legislación laboral ni de
seguridad social y carece de cobertura médico-asistencial para él/ella y su
familia, y no tiene derecho al cobro de salario familiar, seguro de desempleo
ni accidentes de trabajo.
No debemos descuidar que la globalización acelerada ha
puesto en tela de juicio las convicciones y expectativas de mujeres y hombres
de trabajo y sus familias respecto a la equidad y el futuro del sistema
económico y social, y también acerca de los requisitos para que pueda haber
desarrollo sostenible.
En
nuestro país, fueron dictadas numerosas normas tendientes a propender la
registración laboral, combatir el trabajo no formalizado y el defectuosamente
registrado, evitando el fraude laboral.
Entre
la legislación más sobresaliente se encuentra el Pacto Federal del Trabajo que fue
aprobado por el Congreso Nacional mediante la Ley 25.212 y posteriormente
ratificada por cada una de las legislaturas provinciales y por la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Si
bien el legislador nacional limitó su intervención a ratificar el pacto “en lo
que es materia de (su) competencia (…)” (art. 1º de la ley), la realidad es que
el régimen diseñado fue producto de un acuerdo entre los representantes del
Estado Nacional y locales, y que los órganos legislativos provinciales adhirieron
expresamente al sistema mediante la sanción de las leyes pertinentes, de forma
que sus disposiciones rigen en todo el territorio nacional.
Así
fue que con fecha 29 de julio de 1998, reunidos el Presidente de la Nación
Argentina, el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, el señor Ministro
del Interior y los representantes de las provincias de Buenos Aires, Catamarca,
Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La
Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa
Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, Tucumán y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires firmaron
un Pacto Federal de meridiana relevancia en materia laboral, que en la
actualidad proyecta sus efectos y señala el camino a seguir en pos del
resguardo del derecho de los/las trabajadores/as, encuadrando normativamente el
espíritu de una democracia federal, sustentada en la construcción política de
la confianza mediante un pacto entre iguales.
Este
Pacto permitió reforzar el compromiso de la Nación y las provincias con el
objetivo de jerarquizar y dotar de estabilidad al trabajo en todas sus formas,
garantizando la igualdad de oportunidades y extendiendo a todos los/as
trabajadores/as los beneficios de la seguridad social. Asimismo, el instrumento
incluyó la institucionalización del Consejo Federal del Trabajo y el Régimen
General de Sanciones por Infracciones Laborales. Además, contempló la puesta en
marcha del Plan Nacional de Mejoramiento de la Calidad del Empleo, el Programa
Nacional de Acción en Materia de Trabajo Infantil, el Plan para la Igualdad de
Oportunidades entre Varones y Mujeres en el mundo laboral y el Plan Nacional
para la Inserción Laboral y el Mejoramiento del Empleo de las Personas con
Discapacidad.
Consideramos que las declaraciones formuladas
en el Pacto Federal del Trabajo de 1998, continúan siendo una guía para todos
los actores sociales que integran el mundo del trabajo, debiendo ser aplicadas
desde este lugar histórico, con perspectiva de género:
·
Que el trabajo es
la actividad que más inequívocamente expresa, identifica y caracteriza la
condición humana y que, por lo tanto, dignifica y enriquece a quien la ejerce
en el seno de una comunidad organizada.
·
Que, citando a su
Santidad Juan Pablo II, "el trabajo, en cuanto problema del hombre, ocupa
el centro mismo de la cuestión social", convirtiéndose entonces "en
una clave, quizá la clave esencial de toda la cuestión social".
·
Que los cambios
tecnológicos, organizacionales y productivos acontecidos en las últimas décadas
en el escenario laboral internacional, no pueden ser utilizados como argumento
para desconocer la dimensión del trabajo como vehículo de desarrollo y de
crecimiento de los hombres y mujeres.
·
Que, por el
contrario, estas transformaciones brindan la oportunidad de imaginar y poner en
práctica nuevas y creativas acciones que contribuyan a la mejora de las
condiciones de trabajo y, por lo tanto, de vida de los habitantes de la Nación.
·
Que la
jerarquización, transparencia y estabilidad del trabajo en todas sus formas es
un deber indelegable del Estado Nacional y de las Provincias.
·
Que la asignación
de competencias, que en materia laboral impone el sistema federal de gobierno,
no debe convertirse en un obstáculo para la instrumentación de políticas y
acciones en toda la República que procuren el bienestar general sino que, por
el contrario, ofrece la posibilidad de sumar voluntades y recursos humanos y
materiales en toda la extensión del país.
·
Que como parte de
esos deberes de protección del trabajo, el Estado Nacional, las Provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben garantizar la igualdad de oportunidades
para todos los habitantes que se encuentren en situación de trabajo o que
aspiren a incorporarse a la actividad productiva, para lo cual debe atenderse
la situación de los sectores más vulnerables o insuficientemente protegidos de
la sociedad, como son los/as trabajadores/as no registrados/as, los niños y los
discapacitados, asegurando también la igualdad de oportunidades para las
mujeres.
·
Que esta especial
atención que requieren los sectores mencionados no debe ser asumida
independientemente por cada jurisdicción, sino que se impone la cooperación y
coordinación de esfuerzos y funciones para alcanzar el objetivo común sobre la
base de igualdad de oportunidades y homogeneidad de las regulaciones.
·
Que la observancia
del cumplimiento de la normativa laboral, si bien es un deber irrenunciable de
los gobiernos, no garantiza por sí misma el éxito en la lucha contra la
reiteración de procedimientos y conductas contrarias a la naturaleza social del
trabajo, resultando entonces necesaria la adopción de medidas adicionales que
contribuyan a instalar una conciencia colectiva acerca de la importancia de
proteger el trabajo en todas sus formas, extendiendo a todos/as los/as
trabajadores/as los deberes, derechos y beneficios de los sistemas de la
seguridad social.
·
Que tales medidas
también deben orientarse a lograr el compromiso de los actores sociales a
través de la participación de las organizaciones representativas de empleadores
y de trabajadores/as y de otras instituciones sociales.
·
Que para coordinar
la actuación de los organismos competentes en materia laboral de la Nación, de
las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es preciso
institucionalizar el Consejo Federal de Administraciones del Trabajo a fin de
procurar la mayor eficiencia en las medidas a adoptarse, bajo los principios de
cooperación y corresponsabilidad.
·
Que para asegurar
la unidad y seguridad jurídica de la Nación en materia laboral, alcanzando
también una más adecuada coordinación de la actividad de fiscalización del
cumplimiento de la legislación laboral, es preciso unificar el régimen general
de sanciones por infracciones laborales.
Como podrá observarse, las declaraciones
formuladas en el Pacto Federal del Trabajo poseen un ligamen inescindible con
la justicia social, resultando esencial promover un crecimiento sostenible,
reducir la pobreza, propender el desarrollo de las empresas, la inversión,
detener las desigualdades y esencialmente, interpretar el trabajo decente como
lucha por la dignidad humana.
A nivel nacional, ya en
el año 2003 nuestro país incluyó dentro de los "Objetivos de Desarrollo
del Milenio" el de: "Promover el Trabajo Decente" y en el año
2004 se acordó la ejecución del Programa Nacional de Trabajo Decente 2005-2007
cuyos principales objetivos fueron: la integración de políticas económicas y
sociales con el fin de promover la creación de empleo decente el
fortalecimiento de las políticas del MTEySS en materia de empleo y formación,
la regularización del trabajo no registrado, mejora de las condiciones de
trabajo y erradicación del trabajo infantil, junto con la búsqueda de una
mejora de los ingresos del trabajo y la ampliación del sistema de protección
social y del seguro de desempleo.
En
el año 2008 se firmó un memorándum de entendimiento para la puesta en marcha en
la República Argentina del Programa de Trabajo Decente por País (PTDP)
Argentina 2008- 2011 con el fin de dar continuidad al anterior y contemplar,
entre sus prioridades, la de "contribuir a la reducción de la economía
informal y del empleo no registrado".
El
Gobierno argentino dispuso que el año 2011 fuese declarado "Año del
Trabajo Decente, la Salud y la Seguridad de los Trabajadores" (según Dec.
75/2011).
El
Ministerio de Trabajo —según surge de los fundamentos de la resolución— en la búsqueda
de propender al trabajo decente, viene ejecutando el Plan Nacional de Regularización
del Trabajo, realizando fiscalizaciones para detectar y sancionar situaciones de
informalidad laboral y propiciar la registración de los/as trabajadores/as y su
inclusión dentro del Sistema Único de la Seguridad Social.
El
trabajo debe dignificar y permitir el desarrollo de las capacidades; no es
decente el trabajo que se realiza sin respeto a los principios y derechos
laborales fundamentales, ni el que no habilita un ingreso justo y proporcional
al esfuerzo efectuado, ni el que propende la discriminación de género o de
cualquier otro tipo, ni el que se lleva a cabo sin protección social, ni aquél
que rechaza el diálogo social.
Los
ministros que forman parte del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas
declararon: "Estamos convencidos de la urgente necesidad de crear un
entorno a escala nacional e internacional que propicie el logro del empleo
pleno y productivo y el trabajo decente para todos como base del desarrollo
sostenible. Para la creación de nuevas oportunidades laborales es
imprescindible contar con un entorno que fomente la inversión, el crecimiento y
la capacidad empresarial. Es fundamental que hombres y mujeres tengan
oportunidad de conseguir un empleo productivo en condiciones de libertad,
igualdad, seguridad y dignidad humana para lograr la erradicación del hambre y
la pobreza, el mejoramiento del bienestar económico y social de todos, el
crecimiento económico sostenido y el desarrollo sostenible de todas las
naciones, así como una globalización plenamente incluyente y equitativa".
El
Pacto Federal del Trabajo, refleja la promoción del trabajo decente como un
modelo de desarrollo que focaliza a la persona humana. La igualdad de género,
en la actualidad, constituye un objetivo transversal el cual propende hacia la
inclusión social y como sostuvimos con anterioridad, desde allí deben releerse
las declaraciones efectuadas en 1998.
En
efecto, en términos internacionales, durante la Asamblea General de las
Naciones Unidas en septiembre de 2015, el trabajo decente y los cuatro pilares
del Programa de Trabajo Decente – creación de empleo, protección social,
derechos en el trabajo y diálogo social – se convirtieron en elementos
centrales de la nueva Agenda 2030
de Desarrollo Sostenible . El Objetivo 8 de la
Agenda 2030 insta a promover un crecimiento económico sostenido, inclusivo y
sostenible, el pleno empleo productivo y el trabajo decente, constituyendo un
ámbito de actuación fundamental para la OIT y sus mandantes.
Las
declaraciones de los líderes y los planes de acción del G20,
el G7, la Unión Europea, la Unión Africana y otros organismos regionales y
multilaterales también confirman la importancia del trabajo decente para salir
de la crisis y el desarrollo sostenible.
El
movimiento obrero latinoamericano seguirá el camino de la unidad y solidaridad
entre trabajadores/as, construyendo más y mejores convenios colectivos de
trabajo, eliminando los contratos precarios y luchando por salarios dignos,
construyendo acción social e igualdad de oportunidades. Generando espacios para
que se pueda hacer frente a la globalización mercantilizada, impidiendo la
marginalidad laboral que atenta contra el bienestar de la clase trabajadora.
Sabido
es que una democracia, más que un régimen de acuerdos, es un sistema para
convivir en condiciones de profundo y persistente desacuerdo. Ahora bien, en
asuntos que definen nuestro destino como trabajadores/as, resulta vital valorar
y propender al mantenimiento de declaraciones como las arribadas en el Pacto
Federal del Trabajo, el cual alcanzó niveles de repercusión política, social y
económica que persisten en la actualidad.
Finalmente,
diremos que tenemos una historia de lucha, que nos compele fortalecer la
organización de todos los/las trabajadores/as reconstruyendo el poder gremial,
ya que los gremios representativos y organizados, son en definitiva, los que
dan respuesta a los que trabajan.