Por Dra. Silvana Blumett[1] y Dra. Graciela Notario[2]
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene entre
sus objetivos primarios la facilitación del acceso a la justicia a toda la
población, en especial a los sectores más vulnerables. En consecuencia, se han
formulado e implementado políticas y programas de promoción y fortalecimiento
de los derechos humanos y se han llevado a cabo diversas acciones dirigidas a
uno de esos grupos vulnerables, las personas privadas de libertad.
En el ámbito penitenciario, desde el año 2000 la Dirección
Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos
viene desarrollando acciones basadas en el diálogo y en la implementación de
herramientas de la comunicación orientadas hacia la reducción de la violencia
en el sistema carcelario, con resultados satisfactorios.
En el año 2010 el Equipo de Docente de la Dirección
Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos
comienza a dictar diversos cursos de “herramientas de prevención y manejo de
conflictos” para aspirantes al Servicio Penitenciario Federal en la Escuela de
Suboficiales de la localidad de Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, con el
propósito de que esta materia fuera parte de su formación integral, y con miras
a propiciar un gradual cambio de paradigma basado en la cultura del diálogo.
Esa primera experiencia sirvió como antecedente para proyectar la incorporación
de esta temática en la currícula de formación de los agentes del Servicio
Penitenciario Federal.
Las referidas acciones han sentado las bases para la
implementación de la mediación en contexto penitenciario y otros métodos de
gestión adecuada de conflictos que, no sólo establecen condiciones adecuadas
para el tratamiento de la conflictividad en espacios carcelarios, sino también
inciden efectivamente en la llamada cultura
violenta propia de los contextos de encierro.
La mediación penitenciaria constituye una de las especializaciones más recientes en materia de métodos de autocomposición de conflictos.
Su objetivo primordial es el de abordar el conflicto, dentro del ámbito
penitenciario, de manera pacífica y a través del diálogo. Se considera
necesario y positivo, para el tratamiento de estas conflictivas, un giro hacia
otro tipo de intervenciones que aportan herramientas superadoras del mecanismo
sancionatorio como única respuesta al conflicto carcelario.
Estas diferentes estrategias de gestión participativa de
conflictos - la mediación, negociación y facilitación - se presentan como
instrumentos de gran relevancia a la hora de resolver la conflictividad en los
espacios de encierro, respetando los principios generales de la mediación,
tales como, la voluntariedad, confidencialidad e imparcialidad.
La aplicación de la mediación en los penales constituye un reto, ya que se trata de adaptar el proceso
de mediación a un contexto conflictivo, punitivo y jerárquico. En los últimos
años, su implementación en diferentes complejos penitenciarios se está
convirtiendo en una herramienta eficaz para la resolución de conflictos en un
ámbito altamente sensible.
En el mes de junio de 2011, a pedido del Sr. Secretario de
Justicia, Dr. Julián Álvarez, se solicita al Equipo Docente de la Dirección
Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, el
diseño de un Programa de mediación en ámbitos penitenciarios. Este diseño
propone la implementación de la Mediación como herramienta de pacificación
social que posibilite a las personas privadas de libertad, el abordaje de los
conflictos de manera no violenta, con sus pares y con el personal del servicio
penitenciario.
Si bien al diseñar el Programa se proyectó trabajar sobre
toda la conflictiva que pudiera generar violencia en el ámbito penitenciario,
con su implementación se confirmó la necesidad de trabajar en la reconstrucción
y fortalecimiento de los lazos familiares tanto en la re vinculación familiar
como en la mediación de conflictos entre los internos/as y sus familiares. Fue así que, al momento de establecer la
regulación, esta temática se consideró como uno de los objetivos principales
del Programa.
Como resultado del trabajo conjunto del equipo docente de
la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de
Conflictos y el Equipo de Profesionales dependientes del Servicio Penitenciario
Federal, que ya se encontraba desarrollando tareas de sensibilización para la reducción de violencia en distintas unidades penitenciarias, se consensuó un plan de acción en el marco
del Programa de Mediación, Métodos de
Gestión Participativa de Conflictos y Reducción de la Violencia en Ámbitos
Penitenciarios aprobado por Resolución Ministerial N°007/11.
Este Programa tiene como uno de sus objetivos centrales el
desarrollo e implementación de la mediación y otras prácticas participativas de
resolución de conflictos en las instituciones encargadas del cumplimiento de
las penas. Otro de sus ejes es el de la
capacitación del personal del SPF y de las personas privadas de libertad, en
herramientas de resolución de conflictos en general y, en mediación en
particular, con el objetivo de promover el aprendizaje y la utilización de
técnicas que permitan abordar los conflictos de manera no violenta.
La vida dentro de una cárcel presenta características que
influyen negativamente en la interrelación personal. El contexto de encierro en
el que se enmarcan las relaciones humanas dificulta la adopción de soluciones
pacíficas a los conflictos.
La
mediación penitenciaria se caracteriza por abordar los conflictos de modo que
posibilite una mejor y pacífica convivencia. Esto redunda en una mejor calidad
de vida y reduce la necesidad de acciones segregativas (tales como: la
movilidad de las personas privadas de libertad de sus unidades convivenciales y
el aislamiento) que cronifican los condicionantes de los conflictos.
La mediación penitenciaria es un valioso instrumento a
utilizar y, como se plantea en el Programa, se extiende no sólo al personal
penitenciario y a las personas privadas de la libertad, sino también a los
familiares de éstos. Esto colabora con una mayor integración familiar que
impacta favorablemente en los niveles de conflictividad, además de constituir
un factor que contribuye a la disminución de los índices de reincidencia.
Como ya anticipamos, entre los
objetivos del Programa de Mediación, Métodos de Gestión Participativa de
Conflictos y Reducción de la Violencia en Ámbitos Penitenciarios está el de
prevenir y abordar adecuadamente los conflictos, promover el aprendizaje de
conductas de diálogo y escuchas
dirigidas a comprender el interés del otro, así como el de asumir la
responsabilidad tanto en la co-construcción del conflicto como en su
resolución. También se busca reducir las intervenciones administrativas y
judiciales,
Si bien el Programa comienza a
implementarse como Programa Piloto con la población de jóvenes adultos y de
mujeres, con el tiempo fue ampliándose el campo de acción. En la actualidad,
nos encontramos trabajando en todos los Complejos Penitenciarios Federales
ubicados en la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y en los Complejos o Unidades Penitenciarios Federales del interior del país.
Por ello, se trabaja con toda la población tanto con mujeres como con varones,
adultos y jóvenes adultos (estos últimos son aquellos comprendidos entre los 18
y los 21 años de edad).
A efectos de la
detección de los casos en los que se trabaja, el equipo de mediación
penitenciaria (en adelante EMP) lleva a cabo entrevistas con las personas
privadas de libertad (en adelante PPL) a las que accede por diferentes fuentes
de derivación, entre ellas, las derivaciones que se realiza el personal
jerárquico del Servicio Penitenciario Federal (Jefes de Complejo, Directores de
unidades residenciales, jefes de las divisiones de sociales, educación, salud,
trabajo y criminología). También por las charlas de sensibilización que brinda
el EMP tanto al personal del SPF como a las personas privadas de libertad. El
EMP es acompañado por el personal penitenciario, en su ingreso a los diferentes
pabellones a fin de realizar las charlas de sensibilización. Los objetivos de
la charla son: presentar al equipo de trabajo, explicar los alcances del PMP y
relevar casos que puedan ser abordados desde alguno de los métodos propuestos
por el PMP. Se utiliza un lenguaje claro y sencillo, asegurándose de esta
manera que el contenido de la información sea efectivamente comprendido por los
internos/as. La charla tiene una duración aproximada de 20 a 30 minutos. Estas
charlas posibilitan que las PPL conozcan la existencia del recurso para poder
abordar sus conflictos a través del diálogo. Finalizada la charla todos aquellos interesados pueden
anotarse para ser posteriormente entrevistados, en forma individual, por el
EMP. Otra importante fuente de derivación
de casos son aquellas PPL que ya han tenido la oportunidad de participar de una
mediación, facilitación o han sido orientados por el EMP.
En cuanto a los tipos de
casos en los que se trabaja pueden ser tanto conflictos entre PPL por
cuestiones de convivencia entre ellos, como conflictos entre las PPL y sus
familiares. Éstos últimos pueden ser casos de re vinculación familiar, como
casos de régimen de comunicación, cuota de alimentos o bien por problemáticas
con otras instituciones (con ANSES, escuelas, hogares, entre otras). También se
puede intervenir en situaciones que se dan entre las PPL y el SPF a fin de
ayudar a aclarar, desde el diálogo, situaciones de conflicto vinculadas a temas
de salud, temas de convivencia, visitas de penal a penal, entre otras.
Luego de entrevistada la PPL y como resultado de la
evaluación del caso que realiza el EMP, la consulta puede ser derivada a alguno
de los siguientes procesos:
a. Orientación: en este proceso el EMP brinda al/a la interno/a la información
necesaria para evacuar su consulta ante el caso planteado. Los casos
clasificados como “orientados” en la estadística, no requieren ninguna otra
acción, por parte del EMP, más que proporcionar al consultante la información
solicitada, ya sea que se le brinde en el momento de la entrevista o en un
encuentro posterior.
b. Facilitación: es el conjunto de acciones e intervenciones
que realiza el mediador para la gestión del conflicto, sin reunión entre las
partes ni desarrollo del proceso de mediación, con sus etapas y contexto
característico. En el contexto penitenciario, generalmente se utiliza la
facilitación para la intervención en problemas relacionados con temas de salud,
trabajo, visitas de penal a penal, gestiones tanto con las diferentes
divisiones del SPF como con instituciones externas, entre otros. En la
facilitación el/la mediador/a utiliza técnicas y herramientas propias de los
métodos RAD, sin sujeción a la estructura de procedimiento propio de la
mediación. Toda facilitación incluye, en algún momento de la intervención, un
proceso negocial. También puede darse la situación de un caso que comience
siendo facilitado y por sus particularidades derive en un proceso mediatorio.
c. Mediación: es el método de resolución de conflictos
mediante el cual el/la mediador/a, como tercero imparcial, facilita la
comunicación entre las partes (una de las cuales -o ambas- se encuentra privada
de la libertad) en conflicto, a través de un proceso dirigido, para que éstas
de modo colaborativo, encuentren una solución mutuamente satisfactoria.
Cabe destacar la importancia del trabajo
conjunto con otros organismos para el logro de
los objetivos del Programa tales como: defensorías; fiscalías; juzgados;
diferentes divisiones del SPF (por
ejemplo, de Sociales, de Psicología, de Judiciales
y de Criminología); Defensoría General de la Nación: “Programa Piloto para la
Asistencia Jurídica a Mujeres Privadas de la libertad”, “Programa Piloto para
la Asistencia Jurídica a Hombres Privados de la libertad” y “ Programa de
Atención a las Problemáticas Sociales y Relaciones con la Comunidad”; SENAF
(Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia): Programa de
Protección Integral de los Derechos de Niñas y Niños con Madres Privadas de la
Libertad; también, otras direcciones del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación, como la Dirección Nacional de Readaptación Social; la Dirección Nacional de Asistencia a
Personas bajo Vigilancia Electrónica, Dirección Nacional de Acceso a la Justicia
entre otras.
La posibilidad de trabajar en red con
otros organismos o bien con las distintas divisiones del SPF, según el caso lo
requiera, ha sido el resultado de la legitimación del EMP por la constancia y
eficacia de la labor realizada y podemos afirmar que enriquece la intervención
en beneficio de la PPL con la que se trabaja.
A modo de conclusión, podemos destacar
que el trabajo que realiza el EMP en el contexto penitenciario es el resultado
de la conceptualización de la experiencia en mediación penitenciaria realizada
por la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución
de conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República
Argentina.
Las estadísticas realizadas desde los
inicios del Programa, en agosto de 2011 hasta la actualidad, muestran la
aceptación y valoración del mismo tanto por parte de las PPL como del personal
del Servicio Penitenciario Federal.
La utilización de metodologías
participativas ha demostrado favorecer la reducción y prevención de la
violencia en el ámbito penitenciario, ofreciendo una nueva modalidad de
resolución de los conflictos.
Los resultados obtenidos y la recepción positiva lograda en
los actores del conflicto penitenciario muestran el acierto de la
implementación del Programa como política pública de Estado, centrada en las
Prácticas Restaurativas y la resolución pacífica de los conflictos
penitenciarios.
Por último, como trabajadoras que llevan adelante la tarea
en mediación en este contexto, queremos destacar que nos es grato ser
protagonistas de la implementación de esta política pública. Estamos
convencidas de la importancia y beneficios que trae la implementación de este
programa de mediación en contexto penitenciario dado que, posibilita que las
personas privadas de libertad y sus familias, tengan la oportunidad de abordar
sus conflictos a través del diálogo. A través de la experiencia hemos
comprobado que la re vinculación familiar brinda la posibilidad de dar un salto
cualitativo profundo; las generaciones de redes familiares de contención
colaboran a la reinserción del interno y ayuda a evitar la reincidencia del
mismo. Sabemos que, aunque a veces los conflictos no pueden solucionarse, el
haber tenido la experiencia de abordarlos a través del diálogo, en muchos casos
deja -en las PPL y en su familia- una huella positiva, valoran ser
escuchados/as y acompañados/as
para ayudarlos a aclarar y/o resolver aquellas situaciones que los preocupan.
Equipo de Mediadores del
Programa: Dra. Malen Blanco, Dra. Patricia
Castelanelli, Dra. Erika Lederer, Lic. Miriam Markus, Dr. Enrique Munnné
Bonilla, Dr. Daniel Prezioso, Dra. Rosario Saavedra y Lic. Silvia Torres.
[1] Abogada y
Mediadora. Coordinadora del Programa de Mediación, Métodos de Gestión
Participativa de Conflictos y Reducción de la violencia en Ámbitos
Penitenciarios.
[2] Abogada y Mediadora. Integrante del equipo del Programa de Mediación,
Métodos de Gestión Participativa de Conflictos y Reducción de la violencia en
Ámbitos Penitenciarios.