Introducción
La protección de la biodiversidad. Una clave para la defensa nacional
Entendiendo entonces que la verdadera concepción ecológica siempre es holística, en relación y supone una alianza de solidaridad ecosistémica, podemos apreciar que la importancia de la conservación de la biodiversidad se encuentra necesariamente asociada a la subsistencia de la especie humana como tal. Esto es lo que ha expresado el Papa Francisco al referirse a la noción de ambiente, entendiendo que:
“Cuando se habla de «medio ambiente », se indica particularmente una relación, la que existe entre la naturaleza y la sociedad que la habita. Esto nos impide entender la naturaleza como algo separado de nosotros o como un mero marco de nuestra vida. Estamos incluidos en ella, somos parte de ella y estamos interpenetrados(...). Es fundamental buscar soluciones integrales que consideren las interacciones de los sistemas naturales entre sí y con los sistemas sociales. No hay dos crisis separadas, una ambiental y otra social, sino una sola y compleja crisis socio-ambiental. Las líneas para la solución requieren una aproximación integral para combatir la pobreza, para devolver la dignidad a los excluidos y simultáneamente para cuidar la naturaleza”[3].
La abundancia de bienes naturales y recursos de la biodiversidad que se extienden a lo largo de las ecorregiones de nuestro continente, representa un importantísimo valor desde el punto de vista estratégico para el desarrollo de políticas públicas en la región. La relevancia de la cuestión ambiental desde la perspectiva de la defensa y la soberanía nacional ya había sido esbozada por Juan Domingo Perón en el año 1953 al hacer su discurso en la Escuela de Defensa Nacional, ocasión en la cual manifestaba que “el futuro de los pueblos y el futuro de las naciones estará extraordinariamente influido por la magnitud de las reservas que posean: reservas de alimentos y reservas de materias primas”[4]. Esta visión del documento usualmente conocido con el acrónimo ABC (Argentina-Brasil-Chile), iba a ser posteriormente aggiornada y ratificada en su “Mensaje Ambiental a los Pueblos y Gobiernos del Mundo” (1972), donde Perón manifiesta que “cada nación tiene derecho al uso soberano de sus recursos naturales” los cuales son agotables, siendo obligación de cada gobierno “exigir a sus ciudadanos el cuidado y utilización racional de los mismos”.
Las potencialidades de los bienes naturales existentes en América del Sur son evidentes. Perón decía que “el futuro de las naciones estará extraordinariamente influido por la magnitud de las reservas que posean”, haciendo referencia específicamente a las materias primas y los alimentos. Somos depositarios de entre el 27 y el 29 % de las reservas de agua dulce del mundo, con una alta tasa de reposición de nuestros reservorios a partir de un régimen de lluvias favorables. Si consideramos que de la totalidad de agua que hay en el mundo, sólo el 3% es apta para el consumo humano y que nuestro continente representa únicamente el 6% de la población mundial, podemos apreciar la importancia del reservorio de agua dulce de América del Sur[5], sobre todo en momentos en los cuales el agua comenzó a cotizar en el mercado de futuros de materias primas de Wall Street (Nasdaq Veles California Water Index -NQH2O-).
La misión de la defensa con respecto a la diversidad biológica
La visión descrita coincide con lo establecido por la Resolución 1803/62 de la Asamblea General de Naciones Unidas, en donde se consagra expresamente la “soberanía permanente sobre los recursos naturales de los pueblos y las naciones como así también sobre sus riquezas”. Tales derechos sobre los bienes y servicios ecosistémicos, deben ejercerse en interés del desarrollo nacional y del bienestar de los pueblos, resultando viable “la nacionalización, la expropiación o la requisición (fundadas) en razones o motivos de utilidad pública, de seguridad o de interés nacional, los cuales se reconocen como superiores al mero interés particular o privado” –pto. 4-. En ese sentido, entiende que “la violación de los derechos soberanos de los pueblos sobre sus riquezas y recursos naturales es contraria al espíritu y a los principios de la Carta de Naciones Unidas entorpeciendo el desarrollo de la cooperación internacional y la preservación de la paz” –pto. 7-.
Las Reservas Naturales de la Defensa (RND). Biodiversidad al servicio de la soberanía nacional
La consagración legal de las Reservas Naturales de la Defensa a través del proyecto de ley actualmente en tratamiento en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, no es más que el corolario de un camino recorrido en materia de protección ambiental y preservación de la biodiversidad. A través de él, se promueve la gestión soberana de recursos por parte del Estado Federal en coordinación con las Provincias, garantizando el resguardo de bienes que resultan estratégicos para la República Argentina y la región.
Los principales aspectos que regula el proyecto de ley son:
a) La creación formal de la categoría “Reserva Natural de la Defensa” -art. 1-, “predios pertenecientes al dominio privado de la nación asignados en uso y administración al Ministerio de Defensa, a las Fuerzas Armadas u organismos descentralizados pertenecientes a ese ministerio”. Se reformula el concepto espacios naturales de interés para la conservación de la biodiversidad (ENIC) del Convenio Marco de Cooperación 100/07, incluyendo aquellas reservas creadas mediante protocolos adicionales -art. 6-.
b) La enumeración de actividades susceptibles de modificar las características ecosistémicas de los predios, posibilitando alguna de ellas con determinadas características y vedando otras -arts. 4 y 5-.
c) La importancia de las Fuerzas Armadas en lo respectivo a la conservación y restauración de los ambientes naturales, incluyendo al patrimonio cultural -art. 3-, estableciendo que tienen un rol prioritario para garantizar la preservación de la biodiversidad.
d) La forma de administración, gestión y manejo de las reservas, a cargo de un comité ejecutivo integrado por el Ministerio de Defensa, la Administración de Parques Nacionales y representantes de las FFAA, contemplando la creación de comités locales -art. 11-.
e) La integración obligatoria de todas las Reservas Naturales de la Defensa -creadas o a crearse- al Sistema Federal de Áreas Protegidas (SIFAP) -art.15-, permitiendo a la Argentina sumar más de SEISCIENTAS CINCUENTA Y DOS MIL (652.000 has.) hectáreas, que representan aproximadamente el 0,23% de la superficie total de nuestro país, lo cual permite avanzar a la República Argentina en el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos a partir de la Convención sobre Diversidad Biológica (1992) y Plan Estratégico para la Diversidad Biológica - la Metas de Aichi (2010)[7]
En síntesis, con la sanción de este proyecto de ley, la República Argentina se coloca a la vanguardia no sólo en lo respectivo al cumplimiento de los tratados internacionales relativos al cuidado de la biodiversidad, sino también -y fundamentalmente- en asignar un rol indelegable en la conservación de los ecosistemas al personal militar y fomentar su especialización a tal efecto. Su importancia, nos permite posicionarnos de manera prospectiva en un mundo que clama por un desarrollo verdaderamente sostenible y que contemple las necesidades presentes y futuras de los pueblos, garantizando de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación, y la protección de la vida y la libertad de sus habitantes (Art. 2. Ley 23.554 de Defensa Nacional)
[1] Convenio de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica. (1992) Río de Janeiro.
[2] BOFF, Leonardo. (1993). “Ecología: Política, Teología y Mística”. Buenos Aires. Centro Franciscano de Argentina. Pag. 4
[3] SS FRANCISCO I (2015). “Carta Encíclica Laudato si del Santo Padre Francisco sobre el cuidado de la casa común”. Pto.139. Vaticano.
[4] PERÓN, Juan D. (2020). Unidos o Dominados (Discurso pronunciado el 11 de noviembre de 1953 en la Escuela Nacional de Guerra). Geopolítica(s). Revista de estudios sobre espacio y poder. Pags. 173-183.
[5] ROSSI, Agustín O. (2015). Discurso de apertura de la conferencia "La Defensa y los Recursos Naturales". 09/06/2014 En: “Defensa y Recursos Naturales”. Pág. 17. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ministerio de Defensa de la Nación
[6] El modelo del poliedro es una figura retórica utilizada por SS Francisco I en su Exhortación Apostólica “Evangelii Gaudium” para hacer referencia a “la confluencia de todas las parcialidades que en él conservan su originalidad” entendiendo que es a través de la “conjunción de los pueblos que conservan su propia peculiaridad” donde se construye “una sociedad que busca un bien común que verdaderamente incorpora a todos” (EG 236)
[7] La meta 11 de Aichi se encuentra especialmente vinculada a las Áreas Protegidas. Allí establece que para 2020, al menos el 17% de las zonas terrestres y de las aguas interiores y el 10% de las zonas marinas y costeras (especialmente las que revisten particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas) se habrán conservado por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectados.
* Abogado, Especialista en Ambiente, Maestrando en Sistemas Ambientales Humanos, Miembro del Instituto para el Desarrollo Humano Integral y Sustentable (UCA) y del equipo de investigación del Programa “La defensa nacional y el cuidado de la casa común” (UNDEF)