(fuente: Boletín Oficial de la República
Argentina - 1º Sección)
Norma |
Fecha Norma |
Fecha Publicación |
Detalle |
22/09/1961 |
26/09/1961 |
Régimen
sobre Acumulación de cargos, funciones y/o pasividades para la Administración
Pública Nacional. |
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Actualizado por: Decreto Nº 5.229/1962 ; Decreto Nº 9.432/1961 ; Decreto Nº 9.677/1961 ; Decreto Nº 728/1963 ; Decreto Nº 862/1963 ; Decreto Nº 5.363/1963 ; Decreto Nº 5.354/1964 ; Decreto Nº 7.889/1972 ; Decreto Nº 1.053/1990 y Decreto Nº 894/2001 |
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21/08/2001 |
24/08/2001 |
Aclaración respecto de la incompatibilidad
incorporada al artículo 1° del Régimen sobre Acumulación de cargos, funciones
y/o pasividades aprobado por el Decreto N° 8566/61, modificado por el Decreto
N° 894/2001, en relación con las personas con discapacidad acreditada que
perciban beneficios previsionales encuadrados en las Leyes Nros. 20.475 y
20.888. |
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14/08/2001 |
17/08/2001 |
Establécese que, no se encuentra alcanzado por la
incompatibilidad prevista en el último párrafo del artículo 1º del Capítulo I
del Régimen sobre acumulación de cargos, funciones y/o pasividades aprobado
por Decreto Nº 8566/61, el desempeño de horas de clase o de cátedra. |
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27/07/2001 |
01/08/2001 |
Aclaración sobre la incompatibilidad incorporada
por el Decreto N° 894/2001, la que no comprende a la percepción de la pensión
de guerra para ex-combatientes de Malvinas. |
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25/07/2001 |
27/07/2001 |
Establécese el alcance de la aplicación del
Régimen sobre Acumulación de Cargos, Funciones y/o Pasividades para la
Administración Pública Nacional", aprobado por el Decreto Nº 8566/61,
modificado por su similar 894/01, al ámbito del artículo 8º de la Ley Nº
24.156. |
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24/07/2001 |
26/07/2001 |
Aclaración sobre la incompatibilidad incorporada
por el Decreto N° 894/2001, respecto de la percepción de prestaciones de
pensión por fallecimiento o prestaciones de idéntica naturaleza existentes en
los distintos regímenes previsionales vigentes. |
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11/07/2001 |
13/07/2001 |
Establécese la incompatibilidad entre el cobro de
un haber previsional y la percepción de remuneración por cargo en la función
pública, concediendo al personal involucrado la posibilidad de optar por la
percepción de uno de los citados emolumentos. |
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30/05/1990 |
08/06/1990 |
Amplíase el artículo 10 del Régimen sobre
acumulación de cargos, funciones y/o pasividades, aprobado por el Decreto Nº
8566/61. |
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27/06/1989 |
05/07/1989 |
Aclárase que las disposiciones sobre
incompatibilidades del Decreto N° 8566/61 y de toda otra norma en la materia
no son aplicables a determinados funcionarios. |
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03/11/1980 |
07/11/1980 |
Exceptúanse a los empleados públicos no videntes
de las disposiciones del régimen sobre acumulación de cargos, funciones y/o
pasividades aprobado por Decreto N° 8.566/61 y modificatorias. |
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14/11/1972 |
22/12/1972 |
"Régimen sobre acumulación de cargos,
funciones y/o pasividades". Suprímense todas las disposiciones que
asignan competencia a la ex Dirección General del Servicio Civil. |
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20/07/1964 |
24/07/1964 |
Régimen de Acumulación de Cargos, Funciones y/o
Pasividades — Amplíase el artículo tercero del Decreto 8.566/61. |
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19/11/1963 |
23/11/1963 |
Las licencias sin sueldo serán optativas para los
agentes que desempeñen cargos electivos municipales. |
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01/07/1963 |
06/07/1963 |
Licencias sin goce de sueldo - No revestirán
carácter obligatorio las solicitadas por agentes designados candidatos a
miembros de los Poderes Ejecutivo, Legislativo de la Nación o de las
Provincias y Municipalidades. |
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28/01/1963 |
15/02/1963 |
Régimen sobre acumulación de cargos, funciones
y/o pasividades. — Modifícase parcialmente el mismo y se limita el derecho a
la licencia sin sueldo. |
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08/06/1962 |
19/06/1962 |
Régimen sobre acumulación de cargos, funciones y/o
pasividades. — Normas de aplicación para la presentación de declaraciones
juradas. |
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27/10/1961 |
02/11/1961 |
Incompatibilidades - Limitaciòn de servicios -
Jubilaciones - Racionalización administrativa - C.E.P.R.A. Prohibiciones |
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Actualizado por: Decreto Nº 894/2001 |
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19/10/1961 |
25/10/1961 |
Prorrógase el plazo establecido por el Decreto N°
8.566/61 con respecto al personal directivo docente y auxiliar de los
establecimientos de enseñanza. |