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Convenciones Colectivas de Trabajo, institucionalización de la negociación laboral

 19/03/2012   3213
Nuevamente, vivimos un comienzo de año en el que las Negociaciones Colectivas protagonizadas por los Empleados Públicos -representados por el Sindicato- y el Gobierno Provincial, que tienden a establecer las condiciones laborales que regirán en el futuro inmediato la relación entre las partes, están a la orden del día. Este es un punto de inflexión que nos convoca a reflexionar y analizar con espíritu crítico el estado actual de la temática de las Convenciones Colectivas de Trabajo en el ámbito del empleo público de la Provincia de Entre Ríos.

Tal como hemos reseñado en ediciones anteriores de Enlace Sindical, en la Provincia se encuentra vigente desde el año 2007 la ley Nº 9755 que se dedica a legislar específicamente en materia de Convenciones Colectivas de Trabajo, fijando las  pautas generales que estructuran esta herramienta institucionalizada de negociación laboral. Según lo establece la misma norma, en un plazo de 90 días de su entrada en vigencia, el Poder Ejecutivo asumió la obligación de dictar la normativa tendiente a su reglamentación, garantizando la participación de los trabajadores en esta labor.

UPCN logró la Ley, aunque a la fecha aun no contamos con el decreto reglamentario que torne operativo este canal institucional de acuerdo, que ha sido creado con el principal objeto de determinar las condiciones generales y particulares que regirán la relación de empleo público, y que a su vez brinda certeza, previsibilidad y seguridad jurídica a las partes.

La ley en cuestión tiene la virtud de ser una norma integral sin antecedentes en la Provincia, en el cual se abordan distintos aspectos esenciales en materia de regulación del empleo público, tales como los derechos y deberes de los trabajadores, el nuevo régimen escalafonario, el régimen de ingreso y promoción en la administración y las Convenciones Colectivas de Trabajo.

Las Convenciones Colectivas constituyen un instrumento legal idóneo que debe ser utilizado como una herramienta de protección jurídica tendiente a hacer realidad el reconocimiento efectivo de los derechos del trabajador, y en este camino se torna ineludible contar con su pronta reglamentación.


Reglamentar la ley 9755 en general, y particularmente en lo que refiere a Convenciones Colectivas de Trabajo, posibilitará que tanto el Gobierno como los trabajadores puedan sentarse a negociar con bases y condiciones claras, las que estarán previamente establecidas por la normativa correspondiente. Es por esto que en las últimas reuniones con el Ejecutivo Provincial hemos contado con la promesa de la inmediata reglamentación de un asunto de tal relevancia como el que hoy nos toca.

Esta acción, al mismo tiempo permitirá terminar con el desgaste que habitualmente generan las reiteradas reuniones y encuentros de la comisión negociadora que muchas veces pierde el eje central de la negociación, producto de la misma falta de organización que caracteriza al procedimiento en el actual estado de situación.
En cambio, en el supuesto de que la normativa determine con precisión cuál será la materia objeto de negociación, cuál será la conformación de la comisión en cada caso, identificando los actores intervinientes y las condiciones mínimas de negociación, fijando plazos para cada procedimiento y metas a corto, mediano  y largo plazo, la realidad será seguramente más provechosa para todos los involucrados, y por ende las negociaciones mucho más efectivas.

En el mismo orden de ideas, la reglamentación de las Convenciones Colectivas de Trabajo en la Provincia vendrá a otorgar el necesario e ineludible marco jurídico que institucionalice un aspecto vital para la relación del empleo público. Es decir con ello, que debe ser considerada como única herramienta posible para transitar el camino que va desde la coyuntura hacia la estructura, desde la improvisación hacia la estabilidad y seguridad jurídica, que garantizará a las partes una pacífica convivencia a mediano y largo plazo.

En definitiva, debemos convocar a los compañeros trabajadores a desplegar sus esfuerzos, cada uno desde el lugar que ocupa, con el objetivo inmediato de obtener el dictado por parte del Gobierno de la normativa que reglamente las Convenciones Colectivas de Trabajo en la Provincia, de modo tal de que tanto el Gobierno como los Empleados Públicos cuenten con reglas claras de negociación, que tengan una fijeza y una estabilidad jurídica que trascienda a las personas y a las gestiones, que no obedezca a criterios ni pautas de negociación circunstanciales y que permita desplegar un horizonte en el que las conquistas laborales sean progresivas, se consoliden y avancen firmemente en cada instancia que sea necesario negociar.  

* Asesor Legal de UPCN Entre Ríos, Director  del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas Gobierno de Entre Ríos.

Nota publicada en la edición de Marzo/2012 de Enlace Sindical, la Revista Institucional de UPCN Entre Ríos.
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